Resolución 69/2014

Fecha de publicación30 Octubre 2014
Fecha de disposición29 Octubre 2014
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33000



MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA

Y SERVICIOS

SECRETARIA DE COMUNICACIONES

Resolución 69/2014Bs. As., 29/10/2014

VISTO el Expediente Nº EXP-S01:0230167/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, los Decretos Nº 2.426 de fecha 13 de diciembre de 2012 y 671 de fecha 12 de mayo de 2014, y la Resolución Nº 68 de fecha 27 de octubre de 2014 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 1° de la Resolución Nº 68 de fecha 27 de octubre de 2014 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se determinó que los Operadores Móviles de Red (OMRs) ajustarán su oferta de servicios a Operadores Móviles Virtuales (OMVs) conforme a las pautas y lineamientos establecidos en el Reglamento de Operadores Móviles Virtuales (OMVs) y en los Requisitos Básicos de los Acuerdos para Operadores Móviles Virtuales (OMVs), que como Anexos I y II fueron aprobados por la citada Resolución.

Que por su Artículo 2° se dispuso que, a los fines de facilitar la implementación, los Operadores Móviles de Red (OMRs), sin afectar la calidad del servicio de comunicaciones móviles para su clientes, deberán efectuar en los plazos contemplados su Oferta de Referencia para aquellos interesados en actuar como Operadores Móviles Virtuales (OMVs), salvo en aquellas Areas Locales en que los OMRs no tengan capacidad de comunicaciones móviles avanzadas disponible. La Oferta de Referencia mencionada para el conjunto de OMVs interesados por Area Local alcanzará hasta el CINCO POR CIENTO (5%) de la capacidad de comunicaciones móviles avanzadas del OMR por Area Local. La Autoridad de Control podrá requerir la información necesaria y efectuar las acciones pertinentes para verificar la capacidad de los OMRs en aquellas Areas Locales que considere conveniente.

Que por otra parte, el Artículo 3° de la citada Resolución estableció que los Operadores Móviles de Red (OMRs) deberán presentar dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días a partir del acto de Adjudicación del Concurso Público Nacional para la adjudicación de las bandas de frecuencias radioeléctricas para la prestación del SERVICIO DE COMUNICACIONES PERSONALES (PCS), del SERVICIO DE RADIOCOMUNICACIONES MOVIL CELULAR (SRMC) y del SERVICIO DE COMUNICACIONES MOVILES...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR