Resolución 68-E.

Fecha de disposición26 Julio 2017
Fecha de publicación26 Julio 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Resolución 68-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2017

VISTO el Expediente Electrónico Nro. EX -2017-15215413- -APN-SECMA#MM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nro. 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley Nro. 25.506, los Decretos Nros. 434 del 1º de marzo de 2016 y 561 del 6 de abril de 2016, las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016 y 171 -E del 19 de julio de 2017 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la Resolución Nro. 3 del 21 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital reconoce la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y en su artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que el Decreto Nro. 434 del 1º de marzo de 2016 por el cual se aprueba el PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempla el PLAN DE TECNOLOGÍA Y GOBIERNO DIGITAL que propone implementar una plataforma horizontal informática de generación de documentos y expedientes electrónicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la administración a los fines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.

Que el Decreto Nro. 561 del 6 de abril de 2016, aprueba la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión de expedientes electrónicos.

Que el mencionado Decreto, ordena a las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley Nro. 24.156 que componen el Sector Público Nacional la utilización del sistema de Gestión Documental Electrónica \u2013 GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que el artículo 6 del Decreto Nro. 561/16, faculta a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la implementación del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y el funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.

Que la Resolución Nro. 3 del 21 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprueba la implementación de los módulos "Comunicaciones Oficiales", "Generador de Documentos Electrónicos Oficiales" (GEDO) y "Expediente Electrónico" (EE) todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Que las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016 y 171 -E del 19 de julio de 2017 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN establece los cronogramas de implementación de los módulos "Comunicaciones Oficiales" (CCOO), "Generados Electrónico de Documentos Oficiales" (GEDO) y "Expediente Electrónico" (EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), en el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, respectivamente.

Que, en consecuencia, resulta necesario establecer aquellos procedimientos que deberán realizarse a través del módulo EXPEDIENTE ELECTRÓNICO (EE) en el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) dependiente del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA a partir del 28 de julio de 2017.

Que la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 561/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º Establécese que a partir del 28 de julio de 2017, el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) dependiente del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, deberá tramitar exclusivamente mediante el módulo de EXPEDIENTE ELECTRÓNICO (EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) los siguientes procedimientos:

1) Alimentos para animales. Autorización para exportación de plantas elaboradoras de materia prima de origen animal para consumo animal;

2) Alimentos para animales. Certificado de libre venta de un producto registrado;

3) Alimentos para animales. Certificado de libre venta de Materia prima para consumo animal;

4) Alimentos para animales. Habilitación de depósito de productos;

5) Alimentos para animales. Habilitación de establecimiento elaborador y/o Fraccionador de productos;

6) Alimentos para animales. Registro de directores técnicos;

7) Apícolas. Auditoría y constancia de mantenimiento...

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