Resolución 662.

Fecha de disposición16 Noviembre 2016
Fecha de publicación16 Noviembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 662/2016

Buenos Aires, 11/11/2016

VISTO el Expediente N° S05:0074722/2015 del Registro del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, aprobado por el Decreto N° 4.238 del 19 de julio de 1968, la Resolución N° 71 del 7 de febrero de 2014 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que los moluscos bivalvos utilizan la filtración para alimentarse y mantener el tenor hídrico necesario para sobrevivir fuera de su ámbito natural y, en muchos casos, deben ser trasladados a distancias considerables para su comercialización, lo que puede provocar deshidratación y pérdida de calidad del producto.

Que para mantener sus características vitales óptimas pueden y deben utilizarse nuevos procesos de industrialización que implican la utilización de nuevos equipos y dependencias.

Que la creación de la categoría de Centro de Expedición Móvil permitiría mejorar de manera sustancial las condiciones de comercialización y posibilitar la instalación de capacidad de elaboración y expedición de moluscos bivalvos vivos en zonas de producción de regiones aisladas geográficamente, donde la infraestructura es de escaso desarrollo o no se encuentra en condiciones de uso.

Que por tratarse de productos frescos vivos, esta tecnología contribuye a disminuir el estrés de los animales y mantener el producto en óptimas condiciones para ser comercializado vivo, mejorando los tiempos para su acondicionamiento y distribución, además de reducir sus costos de producción.

Que por la Resolución N° 71 del 7 de febrero de 2014 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se crea la categoría de Centro de Expedición Móvil para la elaboración y puesta en el mercado de moluscos bivalvos vivos.

Que la citada Resolución N° 71/14, en su Artículo 6°, encomienda a la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria para que establezca los requisitos necesarios y definitivos para la incorporación de la categoría de Centro de Expedición Móvil para la elaboración y puesta en el mercado de moluscos bivalvos vivos, en el Capítulo XXIII del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal aprobado por el Decreto N° 4.238 del 19 de julio de 1968.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no encontrando reparos de índole legal...

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