Resolución 967/2009

Fecha de disposición07 Abril 2009
Fecha de publicación07 Abril 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31629

Modificación de la Resolución Nº 238/2003 en relación con el procedimiento de selección, designación y puesta en funciones de los Encargados Titulares de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor.

Bs. As., 1/4/2009

VISTO el Expediente Nº 177.198/09 del registro de este Ministerio y la Resolución M.J.S. y D.H. Nº 238 de fecha 28 de febrero de 2003, modificada por su similar Nº 1552 de fecha 6 de diciembre de 2007, y CONSIDERANDO:

Que en el acto mencionado en el Visto se encuentra regulado --entre otros puntos-- el procedimiento de selección, designación y puesta en funciones de los Encargados Titulares de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor dependientes de la DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS de este Ministerio.

Que el mencionado organismo ha propuesto la modificación parcial de la reglamentación antes citada, en relación con la primera de las fases del procedimiento (artículos 5º a 16, inclusive).

Que, en efecto, acerca de la etapa de selección en la que los postulantes se inscriben en el procedimiento, corresponde que se introduzca una modificación en el texto del artículo 10 del régimen concursal; ello, a los fines de que los interesados en intervenir en las diversas etapas concursales puedan inscribirse en hasta DOS (2) procedimientos de selección, cuando la convocatoria a la inscripción que se efectúe se refiera a más de un concurso.

Que, cuadra señalar, la referida propuesta de modificación encuentra sentido en la necesidad de favorecer la concurrencia que debe imperar en todo procedimiento de selección de los Encargados Titulares de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor.

Que ha tomado intervención el servicio de asesoramiento jurídico permanente de este Ministerio.

Que la competencia del suscripto para el dictado del presente acto surge de los artículos 4º, inciso b), apartado 9 y 22, apartado 16 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS RESUELVE:

Artículo 1º

Sustitúyese el artículo 10 de la Resolución M.J.S. y D.H. Nº 238 de fecha 28 de febrero de 2003, modificada por su similar Nº 1552/07, por el texto que a continuación se indica:

'ARTICULO 10.- Para poder ser inscriptos como postulante, los interesados deberán acreditar que reúnen las condiciones previstas en el artículo 2º del Decreto Nº 644/89, para lo cual adjuntarán:

  1. - Fotocopia autenticada por escribano público del documento nacional de identidad, libreta cívica o libreta de enrolamiento;

  2. - Fotocopia autenticada por escribano público del título de abogado, escribano o contador público nacional. Si se tratara de un idóneo de los previstos en el artículo 5º, inciso a), fotocopia autenticada por escribano público del título respectivo, y si se tratara de los indicados en el inciso b), una constancia expedida por la DIRECCION NACIONAL que acredite esos extremos. En el supuesto de haberse convocado a otros idóneos, la documentación que se hubiere indicado en la convocatoria a la inscripción;

  3. - Certificados de aptitud psicofísica, otorgados por un establecimiento de salud pública;

  4. -...

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