Resolución 522 - E.

Fecha de disposición05 Diciembre 2016
Fecha de publicación05 Diciembre 2016
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho del Medio Ambiente
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 522 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 01/12/2016

VISTO: El expediente CUDAP EXP -JGM: 0004636/2016 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nº 23.922, N° 24.051, N° 25.675 y los Decretos Nº 181 de fecha 24 de enero de 1992, Nº 831 de fecha 23 de abril de 1993 y Nº 481 de fecha 5 de marzo de 2003 sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 41 de la Constitución de la Nación reconoce a todos los habitantes el derecho a gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.

Que la Ley General del Ambiente Nº 25.675 establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable.

Que en la Décima Reunión de la Conferencia de las Partes Integrantes de la Convención de Basilea sobre El Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación, firmado en la ciudad homónima de la Confederación Suiza el 22 de marzo de 1989, se aprobó la Decisión BC-10/3 "Marco estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea correspondiente a 2012-2021" donde se establece el Principio de responsabilidad extendida del productor como instrumento de la política de gestión de los desechos y se reconoce la jerarquía de gestión de los desechos (prevención, minimización, reutilización, reciclado, otro tipo de recuperación, incluida la recuperación de energía, y la eliminación final) alentando las opciones de tratamiento que obtengan los mejores resultados ambientales generales, teniendo en cuenta el enfoque del ciclo de vida.

Que en el ámbito del MERCOSUR, los Ministros de Medio Ambiente aprobaron, en la III Reunión realizada el 30 de junio de 2005, el Acuerdo N° 01/05 sobre Directrices para el Desarrollo de una Política MERCOSUR de Gestión Ambiental de Residuos Especiales de Generación Universal y Responsabilidad Post -consumo, elevándolo a consideración del Consejo Mercado Común (CMC).

Que en el mencionado Acuerdo los Estados parte del MERCOSUR reconocen la existencia de residuos especiales de generación universal que generalmente son dispuestos juntamente con los residuos sólidos urbanos y que, dado su potencial efecto nocivo para la salud y el medio ambiente, requieren de una gestión y disposición diferenciada.

Que en el marco de la Conferencia Mundial sobre el Desarrollo Sostenible celebrada en la Ciudad de RÍO DE JANEIRO, República Federativa del Brasil durante el mes de junio de 2012 conocida como Río+20 se consensuó el Documento final de la Conferencia "El Futuro que Queremos", posteriormente adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución Nº A/RES/66/288 del 11 de septiembre de 2012.

Que en el documento mencionado se reconoce la importancia de seguir elaborando políticas para el uso eficiente de los recursos y una gestión de los desechos ambientalmente sustentable.

Que la ausencia en nuestro país de una norma que defina a los residuos de generación universal conlleva a que, en ocasiones, se los asimile a los residuos domiciliarios y, en otras, a los peligrosos, con el consecuente impacto que ello implica para su gestión adecuada.

Que resulta necesario establecer una estrategia nacional para el manejo sustentable de estos residuos.

Que conforme las facultades atribuidas mediante el Decreto N° 232/15 de...

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