Resolución 512.

Fecha de disposición17 Agosto 2016
Fecha de publicación17 Agosto 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 512/2016

Buenos Aires, 19/07/2016

VISTO el Expediente N° 1.688.045/15 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 31/63 del Expediente citado en el Visto y a foja 2 del Expediente N° 1.710.804/16, agregado como foja 77 al principal, obran el Convenio Colectivo de Trabajo y Acta Complementaria celebrados entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS MISIONES, la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (F.E.N.T.O.S.), por la parte sindical y la empresa SERVICIOS DE AGUAS DE MISIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del presente se renueva el Convenio Colectivo de Trabajo N° 1227/11 "E", cuyas partes signatarias coinciden con los actores intervinientes en autos.

Que la vigencia del mismo será hasta el 1 de Abril de 2017 respecto de las condiciones generales de trabajo, mientras que lo será hasta el 30 de Junio de 2016 para las condiciones económicas establecidas en el Título 6 del Convenio Colectivo de Trabajo antes referido.

Que el ámbito de aplicación del plexo convencional celebrado se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que los agentes negociales han ratificado su contenido acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que sin perjuicio de ello, respecto a la contribución solidaria pactada, se deja establecido que la operatividad de dicho aporte queda circunscripta a la vigencia estipulada para el Convenio Colectivo de Trabajo celebrado.

Que a su vez, en relación con lo establecido en la Cláusula 36, debe dejarse indicado que los criterios de selección de personal que eventualmente se implementen, no podrán afectar la garantía de libertad sindical.

Que se encuentra constituida la respectiva Comisión Negociadora, conforme a lo establecido en la Ley N° 23.546.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del Convenio Colectivo de Trabajo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declárase homologado el Convenio Colectivo de Trabajo que luce a fojas 31/63 del Expediente N° 1.688.045/15, celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS MISIONES, la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (F.E.N.T.O.S.) y la empresa SERVICIOS DE AGUAS DE MISIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, conjuntamente con el Acta Complementaria obrante a foja 2 del Expediente N° 1.710.804/16, agregado como foja 77 al principal, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°

Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Convenio Colectivo de Trabajo y Acta Complementaria obrantes a fojas 31/63 del Expediente N° 1.688.045/15 y a foja 2 del Expediente N° 1.710.804/16, agregado como foja 77 al principal.

ARTÍCULO 3°

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 1227/11 "E".

ARTÍCULO 4°

Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Convenio Colectivo de Trabajo y Acta Complementaria homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.588.045/15

Buenos Aires, 21 de julio de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 512/16 se ha tomado razón de la Convención Colectiva de Trabajo de Empresa obrante a fojas 31/63 del expediente principal y a fojas 2 del expediente N° 1.710.804/16 agregado como fojas 77 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1514/16 "E". -- Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ÍNDICE GENERAL - CCT

TÍTULO 1 RECAUDOS FORMALES - ÁMBITOS DE APLICACIÓN Artículos 1 a 6
ARTÍCULO 1°

EL LUGAR Y FECHA DE CELEBRACIÓN.

ARTÍCULO 2°

MIEMBROS PARITARIOS.

ARTÍCULO 3°

PARTES CONTRATANTES Y ACREDITACIÓN DE PERSONERÍA.

ARTÍCULO 4°

ÁMBITO DE APLICACIÓN PERSONAL. ACTIVIDAD Y CATEGORÍA DE TRABAJADORES A QUE SE REFIERE.

ARTÍCULO 5°

ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.

ARTÍCULO 6°

PERIODO DE VIGENCIA.

TÍTULO 2 COMPROMISO SOCIAL Artículos 7 y 8
ARTÍCULO 7°

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS Y DERECHOS.

ARTÍCULO 8°

OBJETO Y COMPROMISOS.

TÍTULO 3 TIEMPO DE TRABAJO. ENFERMEDADES Y ACCIDENTES. MATERNIDAD Artículos 9 a 27

CAPÍTULO 1: JORNADA

ARTÍCULO 9°

JORNADA DE TRABAJO.

9.1 Jornada común de lunes a viernes

9.2 Jornada en Guardias Rotativas (2, 3, 4 turnos y tareas de Fin de Semana y Feriados)

9.3 Guardia Pasiva o Técnico Operativa

9.4 Adicionales

9.5 Régimen de Descanso

9.6 Guardias de Call Center

9.7 Guardias de producción de agua potable

ARTÍCULO 10°

MANTENIMIENTO DE SERVICIO.

ARTÍCULO 11°

SERVICIO PÚBLICO ESENCIAL GUARDIAS MÍNIMAS EN CASO DE HUELGA O MEDIDAS DE ACCIÓN DIRECTA.

ARTÍCULO 12°

TAREAS INSALUBRES.

CAPÍTULO 2: VACACIONES

ARTÍCULO 13°

VACACIONES.

  1. Extensión

  2. Requisitos para su goce. Comienzo de la licencia.

  3. Tiempo trabajado. Su cómputo.

  4. Falta de tiempo mínimo. Licencia proporcional.

  5. Retribución.

  6. Indemnización

ARTÍCULO 14°

ÉPOCA DE OTORGAMIENTO.

ARTÍCULO 15°

LICENCIAS.

ARTÍCULO 16°

PERMISOS.

16.1 Por razones particulares

16.2 Por razones de catástrofes y/o metereológicas

ARTÍCULO 17°

PERMISO PARA LA ATENCIÓN DE FAMILIARES.

CAPÍTULO 3: FERIADOS Y DÍAS NO LABORABLES

ARTÍCULO 18°

DE LOS FERIADOS OBLIGATORIOS Y DÍAS NO LABORABLES.

ARTÍCULO 19°

DÍA DEL TRABAJADOR DE OBRAS SANITARIAS.

CAPÍTULO 4: MATERNIDAD

ARTÍCULO 20°

MATERNIDAD.

ARTÍCULO 21°

RESERVA DE PUESTO.

ARTÍCULO 22°

DESCANSOS DIARIOS POR LACTANCIA.

ARTÍCULO 23°

ESTADO DE EXCEDENCIA. DISTINTAS SITUACIONES-OPCIÓN EN FAVOR DE LA MUJER.

ARTÍCULO 24°

MATERNIDAD ADOPTIVA.

CAPÍTULO 5: ENFERMEDADES Y ACCIDENTES

ARTÍCULO 25°

ENFERMEDADES Y ACCIDENTES INCULPABLES.

  1. Plazo. Remuneración

  2. Aviso al Empleador

  3. Control

  4. Conservación del empleo

  5. Reincorporación

ARTÍCULO 26°

ENFERMEDADES CRÓNICAS Y DE LARGO TRATAMIENTO.

ARTÍCULO 27°

ACCIDENTES DE TRABAJO Y/O ENFERMEDADES PROFESIONALES.

TÍTULO 4 CONDICIONES DE TRABAJO Artículos 28 a 38
ARTÍCULO 28°

IGUALDAD DE OPORTUNIDAD Y TRATO.

ARTÍCULO 29°

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SISTEMA DE NIVELES.

ARTÍCULO 30°

NIVELES DE FUNCIONES.

ARTÍCULO 31°

REEMPLAZOS O ASIGNACIONES TRANSITORIAS A UN SUPERIOR.

ARTÍCULO 32°

CUBRIMIENTO DE PUESTOS VACANTES.

ARTÍCULO 33°

INCORPORACIÓN DE NUEVO PERSONAL.

ARTÍCULO 34°

NOTIFICACIONES POR MODIFICACIÓN A LAS FORMAS Y MODALIDADES DE TRABAJO.

ARTÍCULO 35°

CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL.

ARTÍCULO 36°

PASANTÍAS.

ARTÍCULO 37°

ASISTENCIA TÉCNICA.

ARTÍCULO 38°

CREDENCIAL.

TÍTULO 5 SALUD. HIGIENE Y SEGURIDAD Artículos 39 a 44
ARTÍCULO 39

HIGIENE Y SEGURIDAD A CARGO DE LA EMPRESA.

ARTÍCULO 40°

OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR.

ARTÍCULO 41°

VESTIMENTA, HERRAMIENTAS Y EQUIPOS DE PROTECCION Y SEGURIDAD.

ARTÍCULO 42°

ACCIONES COMPARTIDAS EN SALUD Y SEGURIDAD.

ARTÍCULO 43°

ROPA DE TRABAJO. INDUMENTARIA Y EQUIPAMIENTO.

ARTÍCULO 44°

CADUCIDAD.

TÍTULO 6 CONDICIONES ECONÓMICAS Artículos 45 a 51
ARTÍCULO 45°

COMPOSICIÓN DEL SISTEMA REMUNERATORIO.

ARTÍCULO 46°

BENEFICIOS.

ARTÍCULO 47°

REMUNERACIONES PARA LOS DISTINTOS NIVELES.

ARTÍCULO 48°

ADICIONALES.

48.1 Generales

1) Adicional por Presentismo.

2) Adicional por Título.

3) Permanencia en el Nivel.

4)...

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