Resolución 450.

Fecha de disposición25 Julio 2016
Fecha de publicación25 Julio 2016
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 450/2016

Bs. As., 19/07/2016

VISTO el Expediente N° 1.711.537/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nros. 22.520 y sus modificatorias (t.o. Decreto N° 438/92) y 26.377; los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008, 2.204 de fecha 30 de diciembre de 2010, y 533 de fecha 03 de mayo de 2004, y la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 53 de fecha 24 de agosto de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 23 inciso 25 de la Ley de Ministerios N° 22.520, modificado por el artículo 18 de la Ley N° 26.377, establece entre las competencias del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL entender "...en la administración y supervisión de los sistemas de complementación previsional cualquiera fuera la normativa de creación".

Que la finalidad de dichos sistemas es complementar el haber de las prestaciones económicas otorgadas por el régimen previsional general, a través del financiamiento de los interesados.

Que dichos regímenes completan el accionar del Estado y forman parte del Sistema de Seguridad Social. Por ello, le compete al ESTADO NACIONAL la facultad de fiscalizar y controlar el cumplimiento de las disposiciones estatutarias de dichas instituciones y de la normativa que haga al cumplimiento de sus fines.

Que por el Decreto N° 357/02 y sus modificatorios, entre los objetivos que se le asignan a la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL, se encuentra el de intervenir en la "...fiscalización de los regímenes de la seguridad social", como así también, el de entender "...en la armonización y coordinación del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) con los regímenes provinciales, municipales y de profesionales y sistemas de complementación previsional...".

Que el artículo 17 de la Ley N° 26.377 faculta a la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a dictar las normas interpretativas, reglamentarias y aclaratorias en el ámbito de su competencia en relación a los sistemas de complementación previsional.

Que en el mismo sentido, la Dirección Nacional de los Regímenes de la Seguridad Social, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación de los Regímenes de la Seguridad Social, posee como responsabilidad conforme a lo establecido por el Decreto N° 2.204/10, la de "realizar la promoción, control y fiscalización de las actividades relativas a las prestaciones de la seguridad social de los diferentes regímenes complementarios y de los convenios de corresponsabilidad gremial".

Que a los efectos de cumplir con las mandas referidas, es necesario acceder a información fehaciente que permita constatar el grado de cumplimiento de la normativa que rige a los regímenes complementarios, dar garantía a los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR