Resolución 1295/2008

Fecha de publicación18 Noviembre 2008
Fecha de disposición18 Noviembre 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31534

Se considera que son necesarios CERO LITROS CON CIENTO DIEZ MILILITROS (0,110 I) de gas oil para producir UN LITRO (1 I) de bioetanol.

El precio promedio del gas oil que se tomará para su aplicación en la fórmula mencionada, resultará del precio promedio ponderado al público en las provincias de JUJUY, SALTA y TUCUMAN correspondiente al último mes publicado por la SECRETARIA DE ENERGIA en su página web www.energia.gov.ar, conforme lo dispuesto en la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1104 de fecha 3 de noviembre de 2004.

Se considera que son necesarias CERO HORAS CON CIENTO CUATRO MILESIMAS DE HORA (0,104 hs) hombre para producir UN LITRO (1 I) de bioetanol.

El valor de la hora hombre para su aplicación en la fórmula mencionada será el valor promedio de la hora hombre vigente para obreros - Categoría 4 para el CENTRO AZUCARERO REGIONAL TUCUMAN (CART) y el CENTRO AZUCARERO REGIONAL NORTE ARGENTINO (CARNA), tomado del Convenio Colectivo de Trabajo para la Actividad Azucarera Nº 12/88, de sus respectivas modificaciones y actas complementarias.

Se considera que son necesarios CERO METROS CUBICOS CON TRESCIENTOS SESENTA DECIMETROS CUBICOS (0,360 m3) de gas natural para producir UN LITRO (1 I) de bioetanol.

El precio del gas natural que se tomará para su aplicación en la fórmula mencionada será calculado considerando el valor de dicho producto en boca de pozo publicado en el sector indicador de precios informados por la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA para zona Noroeste, de la pagina web del MERCADO ELECTRONICO DE GAS SOCIEDAD ANONIMA www.megsa.com.

ar, y los costos de transporte y distribución correspondientes para cada mes.

El valor del resto de los componentes del costo por litro de bioetanol se establece en CERO PESOS CON TRESCIENTAS OCHENTA Y DOS MILESIMAS DE PESOS ($ 0,382) este valor se actualizará mensualmente por aplicación de la variación del último mes disponible del índice del costo de la construcción en el Gran BUENOS AIRES --Capítulo Materiales de la serie empalmada desde 1970 en adelante-- publicado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS (INDEC), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

El factor de correlación representa a un valor que permite que el flujo de fondos del Proyecto Tipo utilizado por esta SECRETARIA DE ENERGIA obtenga el recupero de la inversión necesaria, el pago de los impuestos correspondientes y la rentabilidad considerada para el mismo. El factor de correlación se establece para la entrada en vigencia de la presente Resolución en 0,313.

El Proyecto Tipo utilizado por esta SECRETARIA DE ENERGIA está basado en la elaboración del bioetanol a partir de la caña de azúcar y en la utilización de la totalidad de esta última para la elaboración de alcohol, lo cual no obsta a que puedan acceder a los beneficios del cupo fiscal aquellos elaboradores de bioetanol que utilicen otras materias primas (maíz, sorgo dulce, remolacha, biomasa, etcétera).

Asimismo se tuvo en consideración las mejores prácticas de la industria, tecnologías con rendimientos de nivel internacional, escala adecuada para el abastecimiento del mercado en cuestión, precios de las materias primas y servicios que tengan relevancia en el costo final, y costos de logística.

Los parámetros que considera el Proyecto Tipo son los siguientes:

  1. Para la determinación de la inversión inicial se tuvo en cuenta un promedio de los valores informados a esta SECRETARIA DE ENERGIA por empresas reconocidas del ramo. El plazo de construcción de la planta se estimó en DOCE (12) meses. Se consideró una planta para procesar una cantidad de VEINTISEIS MIL CUATROCIENTAS TONELADAS (26.400 t) de bioetanol, con una inversión de PESOS SESENTA MILLONES ($ 60.000.000);

  2. Para la financiación de la inversión inicial se tuvo en cuenta la tasa de interés del CATORCE POR CIENTO (14%) que aplican distintos bancos en el país, en pesos. Se consideró que la inversión inicial es financiada en un CUARENTA POR CIENTO (40%) con capital propio y el resto con capital ajeno;

  3. El capital de trabajo ha sido estimado en un DIECISEIS COMA CINCO POR CIENTO (16,5%) de las ventas de bioetanol, porcentaje que surge de un promedio histórico de la industria química internacional. Asimismo, para la financiación de este capital de trabajo se tuvo en cuenta la tasa de interés del DIEZ POR CIENTO (10%) utilizada por distintos bancos del país, en pesos. Se consideró que este capital de trabajo es financiado en un CUARENTA POR CIENTO (40%) con capital propio y el resto con capital ajeno;

  4. Para la determinación de los consumos de cada uno de los componentes del costo de producción se tuvo en cuenta el promedio de los informes presentados por distintas empresas del rubro;

  5. Para la determinación del costo de producción de la caña de azúcar se tuvo en cuenta los costos de cosecha, riego, cultivo, agroquímicos, fletes y servicios auxiliares, suministrados por empresas con experiencia comprobada en el sector. Se consideró que por cada tonelada de caña de azúcar se obtienen CERO METROS CUBICOS CON SETENTA DECIMETROS CUBICOS (0,070 m3) de bioetanol;

  6. Para la determinación de los costos de los procesos de molienda, destilación y deshidratación, se tuvieron en cuenta los datos suministrados por empresas con experiencia comprobada en el sector;

  7. Los gastos comerciales y administrativos han sido...

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