Resolución 3364/2008

Fecha de publicación17 Noviembre 2008
Fecha de disposición17 Noviembre 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31533

Que en la fecha prevista para la apertura de ofertas, se recibieron CUATRO (4) sobres cerrados pertenecientes a las firmas METALURGICA A.R.D. S.A., TECNOLOGIA CONTRA INCENDIOS S.A.

y TECHNIQUES & SUPPLIES S.R.L., con sus correspondientes propuestas económicas y C.T.D.I.

S.R.L. que no presentó cotización.

Que del estudio de la documentación respaldatoria de las firmas mencionadas, la Comisión Evaluadora de Ofertas del Organismo licitante advirtió en Dictamen Nº 11/08 del 25 de febrero de 2008 que correspondería declarar inadmisible la propuesta alternativa del renglón Nº 2 de la firma METALURGICA ARD S.A. a tenor de lo dispuesto en el Artículo 74, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 436/00 en virtud que la misma no suscribió su propuesta para dicho renglón y desestimar la propuesta para el renglón Nº 2 --oferta base-- de la firma TECNOLOGIA CONTRA INCENDIOS S.A. dado que la misma no cumple con las características técnicas mínimas exigidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que habiendo analizado las presentaciones de las restantes oferentes la Comisión Evaluadora de Ofertas estimó necesario, previo a aconsejar el temperamento a adoptar para concluir el procedimiento, requerirles la subsanación de los defectos que presentaron sus propuestas, conforme lo dispuesto en el Artículo 141 del Anexo al Decreto Nº 436/00.

Que con fecha 23 de abril de 2008 vuelve a tomar intervención la Comisión Evaluadora de Ofertas, opinando en Dictamen Nº 17/08 que correspondería solicitar una mejora de precios a la firma TECHNIQUES & SUPPLIES S.R.L. con el objeto de adecuar sus ofertas a los valores de referencia informados por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que la firma TECHNIQUES & SUPPLIES S.R.L. manifestó su imposibilidad de mejorar los precios ofertados originalmente.

Que en virtud a ello, se solicitó a la DIVISION MANTENIMIENTO Y ABASTECIMIENTO DOS (2) presupuestos de firmas reconocidas del ramo de vehículos que posean el equipamiento y características técnicas idénticas a las solicitadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige el presente llamado a licitación a fin de determinar la racionalidad de los valores en el mercado.

Que el día 5 de junio de 2008, nuevamente interviene la Comisión Evaluadora de Ofertas, la que habiendoanalizadoelinformeproducidoporlarequirentedeloselementosyconsideradolosvaloresde referencia publicados en el sitio web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, recomendó en Dictamen Nº 32/08 el dictado de acto administrativo adjudicando a la firma TECHNIQUES & SUPPLIES S.R.L. los renglones Nros. 1 y 2 --oferta alternativa B-- de la presente Licitación Pública Nº 23/07 por ajustarse a lo solicitado y ser sus precios convenientes; y desestimando a la firma METALURGICA ARD S.A. por no haber dado cumplimiento en forma satisfactoria a la intimación cursada;TECNOLOGIA CONTRA INCENDIOS S.A. en su oferta para el renglón Nº 2 --oferta base-a tenor de lo dispuesto en el Artículo 75 del Anexo al Decreto Nº 436/00 y para los renglones Nros. 1 y 2 --oferta alternativa-- por resultar sus precios inconvenientes; y TECHNIQUES & SUPPLIES S.R.L.

en su oferta alternativa A del renglón Nº 2 por resultar sus precios inconvenientes.

Que el dictamen de evaluación ha sido notificado fehacientemente a la totalidad de los oferentes, no recibiéndose objeción alguna por parte de los mismos.

Que con fecha 2 de septiembre de 2008, la Comisión Evaluadora de Ofertas opinó, en una nueva intervención, que no correspondía la aplicación de la penalidad prevista en el Artículo 141 del Anexo al Decreto Nº 436/00 a la firma METALURGICA ARD S.A., puesto que la misma dio respuesta a la intimación cursada, aunque resultó insuficiente para subsanar las deficiencias observadas; y con relación a la oferta de la firma TECNOLOGIA CONTRA INCENDIOS S.A. del renglón Nº 2 --oferta base-- debería aplicarse la sanción prevista en el Artículo 75 de la mencionada reglamentación, por haber alterado con su aclaración el objeto inicialmente ofertado, y recomendando ese Organo que se dicte acto administrativo intimando a ésta empresa a que deposite en la Cuenta Recaudadora Nº 2627/83 del BANCO DE LA NACION ARGENTINA - Sucursal 085 (Plaza de Mayo) de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA la suma de PESOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON DIEZ CENTAVOS ($ 77.752,10), bajo apercibimiento de ejecución de la garantía de mantenimiento de oferta.

Que el gasto que demandaría la adquisición de las auto bombas pretendidas, cuyo importe asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS ($ 2.619.272,00) se deberá atender con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 40 MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, Subjurisdicción 04 POLICIA FEDERAL ARGENTINA, del ejercicio económico financiero 2008.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y de este Ministerio.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1344/07.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Apruébase la Licitación Pública Nº 23/07 del registro de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, substanciada para la adquisición de DOS (2) auto bombas livianas para uso en helipuertos y DOS (2) auto bombas cisternas de 8000 litros de capacidad.

ARTICULO 2º

Adjudícase a la firma TECHNIQUES & SUPPLIES S.R.L. los renglones Nros.

1 por la suma de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS ($ 958.862,00) y 2 --oferta alternativa B-- por la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS DIEZ ($ 1.660.410,00).

ARTICULO 3º

Desestímanse las ofertas de las firmas METALURGICA ARD S.A. por no haber dado cumplimiento en forma satisfactoria a la intimación cursada; TECNOLOGIA CONTRA INCENDIOS S.A. en su oferta para el renglón Nº 2 --oferta base-- a tenor de lo dispuesto en el Artículo 75 del Anexo al Decreto Nº 436/00 y para los renglones Nros. 1 y 2 --oferta alternativa-- por resultar sus precios inconvenientes; y TECHNIQUES & SUPPLIES S.R.L. en su oferta alternativa A del renglón...

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