Resolución 441.

Fecha de disposición22 Mayo 2017
Fecha de publicación22 Mayo 2017
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
SecciónResoluciones

INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

Resolución 441/2017

Buenos Aires, 17/05/2017

VISTO el Convenio Colectivo de Trabajo N° 697/05 "E", las Resoluciones N° 1523/DE/05, N° 1375/DE/06, N° 833/DE/13, N° 493/DE/2015, el Expediente N° 0200-2017-0007181-2, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el primero de los actos resolutivos citados en el VISTO se aprobó el Sistema Escalafonario y Retributivo para todos los trabajadores del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), incluyendo en sus términos a los miembros del Directorio y al Síndico General.

Que la Resolución N° 1375/DE/06 aprobó la apertura en Tramos y Niveles de los Agrupamientos en los cuales fueran encasillados los trabajadores incluidos en la Resolución N° 1523/DE/05, ratificándose el Acuerdo Colectivo de Trabajo suscripto entre los miembros de la Comisión Paritaria Permanente (CPP) del Convenio Colectivo de Trabajo 697/05 "E", el 29 de noviembre de 2006.

Que posteriormente, mediante la Resolución N° 833/DE/13, se consideró que se había verificado una estandarización de la pirámide salarial, generando distorsiones que no guardaban relación con las tareas y responsabilidades efectivamente desempeñadas por el personal jerárquico del INSSJP, apartándose de los criterios de retribuir el trabajo a partir de su real valor, paradigmas establecidos en los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo.

Que el acto normativo citado en el considerando que antecede señala que la citada afectación peyorativa se verificó tangiblemente luego de la entrada en vigencia de la Ley N° 26.597, en tanto exceptuó del derecho de percibir adicionales por trabajo en sobretiempo a ciertos empleados jerárquicos (Directores y Gerentes).

Que así las cosas, se estimó que se había producido una reducción de la adecuada relación proporcional que debe existir entre las tareas que --además de la...

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