Resolución N° 0084

EmisorOsep
Fecha de la disposición14 de Enero de 2013

RESOLUCIÓN N° 0084

Mendoza, 14 de enero de 2013

Visto: el Expte. Nº018474-S-2012 caratulado: "Gran Mendoza - Subdirec. de Atenc. y Serv. al Afiliado - aumento de cuota afiliatoria 2013" y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 3116 del H. Directorio de fecha 28 de diciembre de 2012 se autorizó el aumento en la cuota de la Obra Social para la categoría de Afiliados Voluntarios Independientes con vigencia a partir del 1 de febrero de 2013.

Que en Sesión Ordinaria de fecha 9 de enero de 2013, el H. Directorio habiendo efectuado un pormenorizado análisis de los términos de la Resolución citada precedentemente (aumento cuota) y el impacto que la misma generaría a la población de afiliados, dispuso la modificación de los valores con un aumento del 20% en la cuota mensual de la categoría de afiliados descripta, peticionando previo a la emisión de la Resolución correspondiente, se elabore un informe con la modificación establecida.

Que se expide la Dirección de Atención y Servicios al Afiliado del Interior y Gran Mendoza.

Que se agrega informe con los valores modificados.

Que atento a las facultades conferidas por el Art.40º del Decreto Ley Nº4373/63 y sus modificatorias.

Por ello;

EL H. DIRECTORIO

DE LA OBRA SOCIAL

DE EMPLEADOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º

Dejar sin efecto la Resolución Nº 3116 del H. Directorio de fecha 28 de diciembre de 2012.

Artículo 2º

Autorizar, a partir del 01 de febrero de 2013, los importes que se indican a continuación para las cuotas mensuales de los Voluntarios Independientes, en los cuales se encuentra ya incluido el FEC, como así también el Anexo I (Cuotas de Afiliación para Entidades Intermedias), el cual forma parte integrante de la presente norma legal:

Tipo de Afiliado

Cuota

Plan Novo

203,00

Titular menor

de 40 años

234,00

Cónyuge o adherente

menor de 40 años

218,00

Titular entre 40

y 49 años

274,00

Cónyuge o adherente

entre 40 y 49 años

242,00

Titular entre 50

y 59 años

328,00

Cónyuge o adherente

entre 50 y 59 años

296,00

Titular entre 60

y 65 años

546,00

Cónyuge o adherente

entre 60 y 65 años

515,00

Hijos primero y se-

gundo menores

de 21 años

156,00

A partir del 3 hijo menor

de 21 años

132,00

Artículo 3º

Disponer que a partir de la cuota que tiene vencimiento el día 10 de febrero de 2013, los afiliados Voluntarios Independientes que provienen de convenios...

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