Resolución 40925-E.

Fecha de disposición17 Octubre 2017
Fecha de publicación17 Octubre 2017
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
SecciónResoluciones

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución 40925-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2017

VISTO el EX-2017-16225074-APN-GA#SSN del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, el Artículo 23 de la Ley N° 20.091, el Artículo 2071 del Código Civil y Comercial de la Nación, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 23 de la Ley N° 20.091 establece que los Planes de Seguro, así como sus elementos Técnicos y Contractuales deben ser aprobados por esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN antes de su aplicación.

Que el Artículo 2071 del Código Civil y Comercial de Nación instituye un seguro obligatorio tomado por el titular del dominio del inmueble en favor del adquirente, como condición necesaria y obligatoria para la celebración de contratos sobre unidades construidas o proyectadas bajo el régimen de propiedad horizontal.

Que siendo una cobertura obligatoria, corresponde que las condiciones contractuales sean establecidas poresta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN con carácter general y uniforme.

Que tal cobertura encuadra perfectamente dentro de la estructura técnica y jurídica de los seguros de caución.

Que dado su carácter general y uniforme, las presentes condiciones contractuales pasarán a formar parte del Punto 23.6 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora y el ANEXO a dicho punto.

Que la Gerencia Técnica y Normativa ha tomado la debida intervención.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha dictaminado en el marco de su competencia.

Que la presente se dicta...

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