Resolución 4-E.

EmisorMINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Fecha de la disposición24 de Febrero de 2017

Resolución 4-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2017

VISTO el Expediente Nº S05:0017585/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 763 de fecha 17 de agosto de 2011 del ex- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, establece los lineamientos para las actividades con ORGANISMOS GENETICAMENTE MODIFICADOS pertenecientes a especies de uso agropecuario o que potencialmente pudieran emplearse en un contexto agropecuario.

Que la citada Resolución N° 763/11 encomienda a la COMISIÓN ASESORA DE BIOTECNOLOGÍA AGROPECUARIA, en adelante CONABIA "La evaluación de riesgo, el diseño de las medidas de bioseguridad y del manejo de riesgos, en las distintas fases de evaluación".

Que la Resolución N° 701 de fecha 27 de octubre de 2011 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA define al Documento de Decisión como el "documento técnico suscripto por la CONABIA con el cual concluye la evaluación de segunda fase", definiendo a su vez evaluación de segunda fase como el "análisis efectuado por la Dirección de Biotecnología y la CONABIA, tendiente a determinar los efectos del cultivo del OVGM sobre el agroecosistema bajo prácticas agronómicas corrientes. La evaluación satisfactoria en la segunda fase constituye uno de los requisitos para solicitar la autorización comercial del OVGM.".

Que en la REPÚBLICA ARGENTINA se están produciendo avances relevantes en biotecnología agropecuaria, percibiéndose un creciente interés por parte de institutos de investigación privados y oficiales, así como de empresas, en aumentar sus líneas de trabajo con ORGANISMOS GENÉTICAMENTE MODIFICADOS (vegetales, animales y microorganismos) de uso agropecuario.

Que a los fines de dar al sistema regulatorio un carácter de mayor participación, se estima conveniente institucionalizar la oportunidad de recibir comentarios técnicos, no vinculantes por parte de cualquier persona humana o persona jurídica respecto de dichos Documentos de Decisión.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE AGREGADO...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR