Resolución 216/2011

Fecha de disposición04 Agosto 2011
Fecha de publicación04 Agosto 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32206

Jueves 4 de agosto de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.206 30

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre los Acuerdos obrante a fojas 13, 17/18, y 19 del Expediente N'º 1.422.236/10.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada el Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente, remÃtanse las actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar la procedencia de practicar en autos el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, conforme lo impuesto por el artÃculo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N'º 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita de los Acuerdos homologados, y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5 de la Ley N'º 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N'º 1.422.236/10

Buenos Aires, 28 de marzo de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º 204/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 13, 17/18 y 19 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 349/11, 350/11 y 351/11 respectivamente. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En Gral. Pacheco, a los 27 dÃas del mes de noviembre del año 2009 se reúnen, por una parte, el Sindicato de Trabajadores de Industrias de la Alimentación, Filial Buenos Aires, Sra. Lidia Crespo Secretaria Gremial, la Sra. Angélica Reinoso Secretaria Higiene y Seguridad representado en este acto por el Dr. Flavio Núñez, en su carácter de apoderado STIA, en adelante el SINDICATO, y por otra parte la empresa Kraft Foods Argentina S.A., representada en este acto por el Sr. Horacio MartÃnez, en su carácter de Gerente de Relaciones Laborales, representado en este acto por el Dr. Pablo Fagoaga en adelante denominada la EMPRESA, y manifiestan:

Primero: Que luego de analizar la situación relativa a adicional llamado “Incentivo Depósito” que percibe el personal comprendido en el CCT 244/94 (que se detalla en el listado adjunto al presente bajo la nómina de “Anexo B”) y que se desempeña en el sector depósito de la Planta Pacheco sita en Av. Henry Ford 3200 de Ricardo Rojas, Pcia. de Buenos Aires, como PICKEADORES y MAQUINISTAS, la EMPRESA incrementará el valor de dicho adicional a la nueva suma de $ 1,80 (pesos uno con ochenta) en proporción a las horas efectivamente trabajadas, con efecto a partir del mes de agosto de 2009.

Segundo: En virtud de que la fecha de vigencia del nuevo valor del adicional dispuesto en la cláusula PRIMERA que precede, implica el reconocimiento de dicho valor en forma retroactiva, la EMPRESA, conjuntamente con las remuneraciones correspondientes al mes de noviembre de 2009, y bajo el concepto “Incentivo” efectuará el pago que corresponde a dicho reconocimiento retroactivo.

Tercero: Asimismo, y en forma voluntaria, como adicional especÃfico de la empresa destinado a un incentivo operativo especÃfico, la EMPRESA implementará, a partir del mes de agosto de 2009, para el personal comprendido en el CCT 244/94 (que se detalla en el listado adjunto al presente bajo la nómina de “Anexo C”) y que se desempeña en el sector depósito de la Planta Pacheco sita en Av.

Henry Ford 3200 de Ricardo Rojas, Pcia. de Buenos Aires, en la categorÃa de SUPERVISOR, el pago de un adicional de devengamiento mensual que se denominará Incentivo Supervisores Depósito, y que consistirá en la suma de $ 0,80 brutos que se devengará por cada hora trabajada.

Cuarto: En virtud de que la fecha de vigencia del nuevo adicional creado en la cláusula precedente (tercera) implica el reconocimiento de dicho concepto en forma retroactiva, la EMPRESA, juntamente con las remuneraciones correspondientes al mes de noviembre de 2009, y bajo el concepto “Incentivo Supervisores Depósito”, efectuará el pago que corresponde a dicho reconocimiento retroactivo.

LeÃdo y ratificado por las partes, se suscribe el acuerdo que antecede en el lugar y fecha indicados al inicio, en tres ejemplares de igual tenor y al mismo efecto.

Entre KRAFT FOODS ARGENTINA S.A., con domicilio en Av. Henry Ford 3200, Ricardo Rojas,

Pacheco, Pcia. de Buenos Aires, representada por el Sr. Héctor Moyano, con DNI 21.468.851, en su carácter de apoderado, según poder suficiente que en copia simple acompaña al presente y sobre cuya validez y vigencia presta formal juramento con el patrocinio letrado de la Dra. Gabriela F. López T'º 71 F'º 102, constituyendo domicilio en Av. Belgrano 990 9'º CABA, por una parte (en adelante LA EMPRESA), y por la otra el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION Filial Buenos Aires (en adelante EL SINDICATO) con domicilio en Carlos Calvo 1535, CABA, representada en este acto...

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