Resolución 28/2014
Fecha de la disposición | 11 de Noviembre de 2014 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION TECNICA Y ESTUDIOS LABORALES
Resolución 28/2014Bs. As., 11/11/2014
VISTO el Expediente N° 1.651.188/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el Decreto Nro. 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, los Decreto Nros. 686 del 9 de setiembre de 2009, 1.092 del 21 de julio de 2011, y el Manual Operativo de los Préstamos BIRF N° 7703-AR y BIRF N° 8017-AR, y la Disposición de la SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION TECNICA Y ESTUDIOS LABORALES N° 4 de octubre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.092 del 21 de julio de 2011 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF N° 8017-AR destinado al financiamiento adicional del PROYECTO DE PROTECCION SOCIAL BASICA, Préstamo BIRF N° 7703-AR.
Que en fecha 4 de agosto de 2011 se suscribió el Convenio entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO para el Financiamiento Adicional para el Proyecto de Protección Social Básica de la REPUBLICA ARGENTINA.
Que el PROYECTO DE PROTECCION SOCIAL BASICA, Préstamo BIRF N° 8017-AR se rige por las Normas del Banco Mundial, edición actual.
Que el Proyecto de Préstamo BIRF N° 8017-AR - “Financiamiento Adicional para el Proyecto de Protección Básica” tiene por objeto aumentar la eficacia de los programas de transferencia de ingresos para desocupados y familias con hijos, mejorando las características de diseño seleccionadas y la transparencia de los programas de “Asignaciones Familiares” y de “Seguro de Capacitación y Empleo”, así como la transferencia de beneficiarios de otros esquemas y programas menos eficaces a los ya mencionados.
Que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS tiene a su cargo la coordinación general y supervisión del PROYECTO DE PROTECCION SOCIAL BASICA cuyos rubros son: Componente I: Beneficios del Seguro, Capacitación y Empleo; Componente II: Beneficios de Asignaciones Familiares; y Componente III: Asistencia Técnica.
Que tal como se indica en el Manual Operativo de los Préstamos BIRF N° 7703-AR y N° 8017-AR, la SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION TECNICA Y ESTUDIOS LABORALES del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL es responsable de la ejecución de los Subcomponentes 3.a y 3.b.
Que el referido Manual Operativo establece, asimismo, que la Dirección General de Informática e Innovación Tecnológica de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE...
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