Resolucion 243

Fecha de publicación21 Abril 2008
Fecha de disposición21 Abril 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31388

Bs. As., 11/4/2008

VISTO el Expediente Nº 12.213 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en los Decretos 436/2000 y 1023/2001 y en la Resolución ENARGAS N° 330/96 y el Acta de Directorio Nº 310 del 3 de febrero de 2004 y CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución ENARGAS Nº I/028 del 27 de junio de 2007 (fs. 21 a 38) este Organismo decidió aprobar la convocatoria a Concurso Público para la contratación de un servicio de vigilancia para la Sede Central del ENARGAS (Suipacha 636 de la Nº 31.388 13Lunes 21 de abril de 2008

CULARES, resulta apropiado que se giren las presentes actuaciones a la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y SISTEMAS para que efectúe el análisis técnico de las ofertas presentadas por ellas.' Que no obstante lo indicado precedentemente, la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y SISTEMAS consideró pertinente que --previo al análisis técnico de las ofertas presentadas por las empresas que habían cumplido con la totalidad de los aspectos formales-- se les notifique a todos los oferentes el Dictamen de Evaluación, conformado por el Memorándum GAyS Nº 291/07 y el Dictamen GAL Nº 881/07 y también se les otorgue vista del expediente.

Que todo ello se materializó en fecha 5 de octubre de 2007 por medio de las NOTAS ENRG/GAyS Nº 7509 (BRIEFING SECURITY S.A.); 7510 (SEGURIDAD INTELIGENTE S.A.); 7511 (GOYA CORRIENTES S.R.L.); 7512 (FAST COOPERATIVA DE TRABAJO LTDA.); 7513 (COOPERATIVA DE TRABAJO LINCE SEGURIDAD LTDA.); 7514 (GUARDIA CIVIL S.A.); 7515 (PROCAR SEGURIDAD PRIVADA S.R.L.); 7516 (COOPERATIVA DE TRABAJO CSI LTDA.); 7517 (MAXSEGUR S.R.L.); 7518 (INCLAVE S.A.); 7519 (INTEGRAL SECURITY & SAFETY S.R.L.); 7520 (EULEN DE SEGURIDAD S.A.); 7521(STARSEG S.R.L.) y 7522 (GRIPH S.A. SECURITY).

Que las firmas INTEGRAL SECURITY & SAFETY S.R.L.; INCLAVE S.A. y la COOPERATIVA DE TRABAJO LINCE SEGURIDAD LTDA. impugnaron el dictamen de evaluación mediante sus presentaciones individualizadas por este Organismo como Actuaciones ENARGAS Nº 16.592/07 (fs. 2427 a 2429); 16.680/07 (fs. 2430 a 2431) y 16.801/07 (fs. 2432 a 2433).

Que a fs. 2434 a 2436 obra el MEMORANDUM GAyS Nº 361/07 dirigido por la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y SISTEMAS a la de ASUNTOS LEGALES de este Organismo, en el que luego de describir los pasos seguidos por el ENARGAS luego de emitido el dictamen de evaluación integrado por el MEMORANDUM GAyS Nº 291/07 y el DICTAMEN GAL Nº 881/07, emitió opinión sobre las impugnaciones realizadas por las empresas mencionadas en el párrafo precedente.

en razón de que las impugnaciones presentadas por las firmas INTEGRAL SECURITY & SAFETY S.R.L.; INCLAVE S.A. y la COOPERATIVA DE TRABAJO LINCE SEGURIDAD LTDA contra el Dictamen de Evaluación, no logran conmover los argumentos que dieron fundamento a la sugerencia de desestimación de las ofertas por ellas presentadas, este Organismo debería dictar el acto administrativo que corresponda, a fin...

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