Resolución 1626/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición 6 de Diciembre de 2010

Lunes 6 de diciembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.042 66 % 66 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 1624/2010

Registro N'º' 1598/2010

Bs. As., 28/10/2010

VISTO el Expediente N'º' 1.383.147/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 60 del Expediente N'º' 1.383.147/10, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS y la empresa MACULAN SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL COMERCIAL FINANCIERA E INMOBILIARIA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho Acuerdo, las precitadas partes convinieron abonar una suma no remunerativa a cuenta de las negociaciones paritarias de actividad acontecidas en mayo de 2010, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 419/05, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personerÃa gremial.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que la AsesorÃa Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º' 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 60 del Expediente N'º' 1.383.147/10, celebrado entre la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS y la empresa MACULAN SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL COMERCIAL FINANCIERA E INMOBILIARIA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas 60 del Expediente N'º' 1.383.147/10.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5 de la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N'º' 1.383.147/10

Buenos Aires, 1 de noviembre de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 1624/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 60 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1598/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los cuatro (4) dÃas de mes de mayo de 2010, se reúnen en la Empresa MACULAN S.A.I.C.F. e I., con domicilio en la calle Doblas 955 de la C.A.B.A., representada por su apoderado Dr. NATALIO WISNIAKI (L.E. 4.302.903) y el Sr. JULIO DAVID (D.N.I.

12.236.016) en representación de la Unión Obreros y Empleados Plásticos y por la Comisión Interna el Sr. MARTIN ALOI (D.N.I. 25.242.078), las partes acuerdan lo siguiente:

Que el régimen salarial instituido en el C.C.T. 419/05 tiene vigencia hasta el 31/5/2010, razón por la cual tenemos conocimientos que se realizan activas gestiones entre la Cámara Argentina de la Industria Plástica y la U.OyE.P. para culminar en la firma de un nuevo acuerdo salarial.

Interin esto suceda el Sindicato Plástico juntamente con la Comisión Interna, motivado por el aumento del costo de vida, que es de dominio publico, han solicitado a la Empresa el pago de una suma “no remunerativa” para todo el personal comprendido en la misma, razón por la cual las partes han arribado al siguiente acuerdo:

  1. Las partes pactan una suma fija de $' 200.- (pesos doscientos) para los meses de abril y mayo de 2010 y/o hasta tanto se resuelvan las negociaciones paritarias del mes de mayo del corriente año.

  2. El importe acordado tendrá carácter de âno remunerativoâ y será abonado en concepto de...

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