Resolución 5082/2010

EmisorOficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
Fecha de la disposición12 de Noviembre de 2010

Viernes 12 de noviembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.027 38 productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, productos destinados para la alimentación animal, contaminantes quÃmicos, fÃsicos, biológicos para consumo interno, importación, exportación, tráfico federal y control de fronteras objeto de su incumbencia temática en la región, asà como en cuestiones inherentes a calidad.

  1. Intervenir en la planificación, coordinación y ejecución de tareas preventivas y de atención de emergencias sanitarias.

  2. Asistir al Director del Centro Regional, cuando la autoridad lo determine, en las comisiones regionales y/o provinciales de su incumbencia.

    COORDINACION REGIONAL TEMATICA TECNICA Y ADMINISTRATIVA (TIPO) ACCIONES 1. Asistir al Director del Centro Regional en la preparación del presupuesto y del plan anual de compras del Centro Regional.

  3. Asistir al Director del Centro Regional en la gestión administrativa en el ámbito de sus competencias y funciones.

  4. Asistir al Director del Centro Regional en el seguimiento de la utilización de los recursos asignados.

  5. Asistir en la elaboración de informes gerenciales en lo atinente a Gastos y Recursos Aplicados en la región.

  6. Asistir al Director del Centro Regional en el cumplimiento de los manuales e instructivos elaborados por las áreas pertinentes de la Dirección Nacional Técnica y Administrativa, como asà también toda la normativa aplicable emanada, entre otras, de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N'º' 24.156, Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N'º' 19.549.

  7. Asistir al Director Regional en los requerimientos de dotación, perfiles y capacitación de los recursos humanos de la región.

    DIRECCION GENERAL DE LABORATORIOS Y CONTROL TECNICO COORDINACION GENERAL DE CONTROL DE GESTION OPERATIVA Y NORMAS DE LABORATORIO ACCIONES 1 Proponer a la Dirección General procedimientos de control de gestión, supervisando una vez autorizados, el cumplimiento de los cronogramas establecidos para su aplicación.

    2 Proponer, establecer y controlar los mecanismos de alta, baja y seguimiento de laboratorios que se registran en le Red Nacional de Laboratorios.

    3 Supervisar la interacción de la Red Nacional de Laboratorios y Laboratorios Regionales en los aspectos técnicos con las distintas áreas del SENASA.

    4 Coordinar y supervisar las actividades de auditorÃas, habilitaciones, ensayos de pericia y resultados de análisis, produciendo informes unificados con fines estadÃsticos.

    5 Coordinar, supervisar y auditar el seguimiento y monitoreo de los procedimientos operativos vinculados a la gestión de la información generada por el laboratorio y las redes asociadas; y los Programas que permitan verificar la calidad, trazabilidad, polÃticas de seguridad y protección de los datos.

    6 Coordinar y supervisar la implementación de trabajos cientÃficos y de investigación, técnicos y estadÃsticos; las interacciones, Proyectos y Convenios con instituciones oficiales y privadas, nacionales y extranjeras. Supervisar la evaluación de la legislación nacional e internacional y la elaboración de proyectos de legislación en las actividades atinentes a la Dirección.

    7 Aplicar en la gestión las recomendaciones y directrices del Codex Alimentarius u otros Organismos nacionales e internacionales en el ámbito de su incumbencia.

    DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS FISCALES ACCIONES 1. Entender en la planificación, organización y control de los asuntos administrativos, jurÃdicos y legales de naturaleza fiscal del Organismo.

  8. Emitir opinión legal en los temas referidos a materia fiscal del Organismo.

  9. Coordinar la presentación y seguimiento de las causas respectivas tendientes al cobro de créditos a favor del Organismo, a través de los representantes designados por el SENASA y demás integrantes del Cuerpo de Abogados del Estado, impartiendo las instrucciones respectivas.

  10. Intervenir en el Registro de Deudores sobre los cuales el Organismo ha iniciado la gestión de cobro de créditos.

    COORDINACION GENERAL DE CONTENCIOSOS ACCIONES 1. Entender en la planificación, organización y control de los asuntos judiciales de carácter contencioso, en los que el Organismo sea parte y/o deba intervenir.

  11. Coordinar la presentación y seguimiento de las causas respectivas.

  12. Coordinar la representación y patrocinio judicial del Estado Nacional en materia de su competencia, a través de los representantes designados por el Organismo y demás integrantes del Cuerpo de Abogados del Estado, impartiendo las instrucciones respectivas.

  13. Mantener actualizado el registro y base de datos de fallos jurisprudenciales, asegurando su disponibilidad y conocimiento de los integrantes del Servicio JurÃdico.

    COORDINACION GENERAL DE DICTAMENES ACCIONES 1. Entender en la coordinación, organización y control de las tareas de asesoramiento jurÃdico.

  14. Emitir los dictámenes legales que sean necesarios efectuar en relación a los actos administrativos del Organismo.

  15. Intervenir en la redacción de los instrumentos de carácter jurÃdico.

  16. Intervenir en la organización y actualización del registro de dictámenes vinculados a la materia de competencia del Organismo.

    COORDINACION GENERAL DE INFRACCIONES ACCIONES 1. Entender en la planificación, organización y control de los asuntos de carácter jurÃdico y legal, relacionados con las infracciones a las normas aplicadas por el Organismo.

  17. Intervenir en la sustanciación de las actuaciones y sumarios administrativos motivados en la aplicación de la legislación sanitaria, fitosanitaria y agroalimentaria.

  18. Intervenir en las tareas de asistencia jurÃdica en los operativos de control y/o fiscalización, llevadas a cabo por el Organismo.

  19. Intervenir en la actualización y capacitación permanente del personal del Organismo en la aplicación de la normativa sobre sanidad y calidad agroalimentaria.

    e. 12/11/2010 N'º' 137492/10 v. 12/11/2010 % 38 % OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO Resolución N'º' 5082/2010

    Bs. As., 10/11/2010

    VISTO el Expediente N'º' S01:0316641/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA,

    GANADERIA Y PESCA, la Decisión Administrativa N'º' 569 de fecha 18 de agosto de 2010, y CONSIDERANDO:

    Que mediante la Decisión Administrativa N'º' 569 de fecha 18 de agosto de 2010, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

    Que resulta necesario adoptar las medidas tendientes a perfeccionar el accionar de las distintas áreas que conforman a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

    Que en consecuencia, corresponde establecer las aperturas inferiores de las dependencias mencionadas en la norma citada precedentemente.

    Que la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

    Que la Dirección de Asuntos JurÃdicos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervención que le compete.

    Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el ArtÃculo 17 del Decreto N'º' 1545/94, complementado por la Resolución N'º' 422/94 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION y de los ArtÃculos 1'º y 2'º de la mencionada Decisión Administrativa N'º' 569/10.

    Por ello,

    EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Apruébanse las aperturas inferiores de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con el Organigrama y Acciones, que como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2

'º — Apruébense en el ámbito de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las Coordinaciones que se detallan, de acuerdo al Listado y Acciones que como Anexos III y IV, forman parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 3

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Cdor. JUAN MANUEL CAMPILLO, Presidente, Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario.

Viernes 12 de noviembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.027 39

ANEXO I ANEXO II MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA ACCIONES:

  1. - Intervenir en las registraciones contables y presupuestarias, la preparación de balances, estado de ejecución, rendiciones de cuentas, pago de haberes y gastos, como también el manejo y custodia de fondos y valores.

  2. - Coordinar con la Dirección de Compras y Contrataciones lo relacionado con el almacenamiento y distribución de suministros.

  3. - Fiscalizar los cobros y pagos, previo cumplimiento de normas reglamentarias.

  4. - Supervisar todo lo relativo a la liquidación de facturas de proveedores, indemnizaciones, gastos de personal y otras erogaciones y transferencias.

  5. - Asesorar y asistir técnicamente a los distintos estamentos del Organismo, en lo que es materia de su competencia.

  6. - Fiscalizar las acciones relativas al registro y control de los bienes patrimoniales del Organismo.

  7. - Asesorar y supervisar en la determinación y retención de impuestos y leyes previsionales.

  8. - Preparar la Cuenta de Inversión de acuerdo a la CONSTITUCION NACIONAL.

  9. - Intervenir en la elaboración del anteproyecto anual de presupuesto del Organismo.

  10. - Evaluar y coordinar la registración centralizada de la información...

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