Resolución 13/2003

Fecha de disposición22 Diciembre 2003
Fecha de publicación22 Diciembre 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30302

Inspección General de Justicia Inspección General de Justicia

PLANES DE CAPITALIZACION Y AHORRO

Resolución General 13/2003

Prorrógase el plazo contemplado en la Resolución General N° 6/2003 para la conclusión de trámites de adecuación de condiciones generales de contratación.

Bs. As., 15/12/2003

VISTO el Expediente N° 62.194 y la nota de fecha 28 de noviembre de 2003 presentada por la CAMARA DE AHORRO PREVIO AUTOMOTORES (C.A.P.A.), y

CONSIDERANDO:

Que por nota de fecha 28 de noviembre de 2003 la CAMARA DE AHORRO PREVIO AUTOMOTORES (C.A.P.A.), solicita una prórroga de 180 días del plazo establecido por la citada Resolución General I.G.J. N° 6/03, el cual, conforme resulta del artículo 6° de la misma, vencerá el 31 de diciembre del corriente año, para que las entidades administradoras de planes de capitalización y ahorro bajo las modalidades de "grupos cerrados" y de "ciclo abierto", adecuen sus condiciones generales de contratación a las resoluciones generales dictadas por esta INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA y a lo dispuesto, en materia de cláusulas abusivas, por el artículo 37 de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor y por su reglamentación. Funda su solicitud en la necesidad de contar con plazos para la adecuación de los sistemas informáticos de las entidades y la impresión de las nuevas cláusulas de las condiciones generales de contratación, una vez aprobadas.

Que la Jefatura del Departamento Control Federal de Ahorro manifiesta que con anterioridad a la nota que contiene dicha solicitud, no se expresaron dificultades de implementación como las ahora esgrimidas y que, en cuanto a la impresión de facsímiles de nuevas condiciones generales de contratación, la práctica de las sociedades que obtienen la aprobación de nuevos planes de ahorro, demuestra que los plazos necesarios son notoriamente más reducidos.

Que no obstante ello, dicha Jefatura considera que debería determinarse una prórroga de menor duración y por razones diferentes de las invocadas, a saber: a) A pocos días del cumplimiento del plazo del artículo 6° de la Resolución General I.G.J. N° 6/03 y pese a haberse cumplido con los plazos de procedimiento correspondientes, ninguno de los trámites de adecuación está en condiciones de ser aprobado; b) Procedería oportunamente -una vez completada la sustanciación de las actuaciones de adecuación y en cuanto no restaran observaciones que formular por parte de esta...

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