Resolución 22. RESOL-2019-22-APN-SECAGYP#MPYT
Emisor | MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA |
Fecha de la disposición | 15 de Febrero de 2019 |
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Resolución 22/2019
RESOL-2019-22-APN-SECAGYP#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 13/02/2019
VISTO el Expediente N° EX-2018-41664718- -APN-DGD#MA, del Registro del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley Nº 19.800, sus modificatorias y complementarias, las Resoluciones Nros. 873 de fecha 7 de noviembre de 2005 de la ex- SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y 554 de fecha 9 de diciembre de 2014 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que por del Artículo 25 de la Ley N° 19.800, sus modificatorias y complementarias, se establece "un adicional del tres y medio por mil (3,5\u2030) del precio del paquete de cigarrillos vendido de dos (2) unidades básicas" y que serán destinados a las obras sociales de los sindicatos de la actividad.
Que a través de la Resolución N° 554 de fecha 9 de diciembre de 2014 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se distribuyó, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la misma, los fondos señalados en el Artículo 25 de la Ley Nº 19.800 según los siguientes porcentajes: para la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL TABACO (OSPIT) el CINCUENTA Y UNO POR CIENTO (51%) y para la OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS DEL TABACO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (OSETRA) el CUARENTA Y NUEVE POR CIENTO (49%).
Que mediante Resolución N° 503 de fecha 10 de agosto de 2011 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se había desafectado de los fondos arriba mencionados a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL RURAL Y ESTIBADORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (OSPRERA).
Que la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL RURAL Y ESTIBADORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (OSPRERA) ha solicitado, mediante el Expediente Nº S05:0029639/2016 del Registro del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, participar nuevamente en la distribución de los fondos del Artículo 25 de la Ley N° 19.800.
Que consultada el área competente de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE...
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