Resolución 781/2003

Fecha de disposición28 Mayo 2003
Fecha de publicación28 Mayo 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30159

MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA

Resolución Nº 781/2003

Bs. As., 15/5/2003

VISTO el Expediente Nº 7080/02 del registro de este Ministerio y el Decreto Nº 1389 del 2 de agosto de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que mediante dicho decreto se autorizó a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA la creación del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD MARITIMA, como unidad funcional dependiente de dicha Institución.

Que según lo establecido por el artículo 2º del decreto citado, antes de iniciar sus actividades, el Instituto deberá obtener de este Ministerio la aprobación de su Estatuto.

Que en tal sentido, se ha efectuado el análisis del texto propuesto para verificar su adecuación a la Ley de Educación Superior Nº 24.521 y específicamente a las previsiones del artículo 34 de la norma citada, formulándose algunas observaciones al proyecto, las que fueron tomadas en cuenta por la Institución peticionante.

Que la DIRECCION NACIONAL DE GESTION UNIVERSITARIA y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS han tomado la intervención que les compete.

Que consecuentemente y en virtud de la facultad conferida por el artículo 34 de la Ley Nº 24.521, corresponde aprobar el Estatuto referido y disponer su publicación en el Boletín Oficial.

Por ello,

LA MINISTRA DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA

RESUELVE:

ARTICULO 1º

Aprobar el Estatuto Académico del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD MARITIMA, que se puso a consideración de este Ministerio.

ARTICULO 2º

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estatuto del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD MARITIMA, cuyo texto integra como Anexo la presente resolución.

ARTICULO 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. - Dra. GRACIELA M. GIANNETTASIO, Ministra de Educación, Ciencias y Tencología.

ANEXO

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD MARITIMA

ESTATUTO

INTRODUCCION

  1. El marco institucional

    i.1. Educación y Seguridad

    La evolución de la ciencia y la tecnología y los cambios sociales que se están produciendo en el mundo contemporáneo, imponen a las Fuerzas de Seguridad una permanente adecuación, sin perder de vista su idiosincrasia típica y las funciones que le son propias y que, en el caso de la Prefectura Naval Argentina, provienen de las tradiciones marineras derivadas del entorno de su accionar y en que ha actuado desde la época de la Capitanía de Puerto de la administración colonial española.

    Según esta tradición y avalada por la legislación actual y el refrendo nacional de convenios de carácter internacional, la Prefectura Naval Argentina es la Autoridad Marítima Argentina por su carácter de organismo de aplicación de los convenios internacionales relativos a la seguridad de la vida humana en el mar, la prevención y la lucha contra la contaminación y las áreas técnicas y jurídicas relacionadas, conforme lo establecen las leyes vigentes.

    También es la Autoridad Marítima Argentina en virtud de las funciones que desempeña en el ejercicio de las obligaciones del país como Estado de Abanderamiento y Estado Rector del Puerto, para el registro de los buques y control de sus condiciones de seguridad, según las leyes y reglamentaciones que le asignan estas competencias y los acuerdos internacionales respectivos.

    En suma, la Prefectura Naval Argentina es por excelencia, la Autoridad Marítima en virtud de la multiplicidad de circunstancias generales y específicas que abarcan sus responsabilidades, y en mérito a la legislación que reiteradamente expresa y define nítidamente su perfil institucional en el concierto de los organismos del Estado.

    Este carácter le otorga un ámbito de actuación y despliegue geográfico que le impone actuar sobre mares, lagos, ríos, canales y demás aguas navegables, destinadas al tránsito y comercio interjurisdiccional y los puertos sometidos a jurisdicción nacional en la Antártida Argentina, las Islas Malvinas y demás islas del Atlántico Sur, en las zonas de seguridad de las fronteras Marítimas y en las márgenes de los ríos navegables.

    Por otra parte la Prefectura desempeña funciones en los puertos bañados por aguas de jurisdicción nacional, ejerciendo las funciones como policía de la seguridad pública en las áreas portuarias del país.

    La complejidad cada vez mayor de las acciones a las que debe responder como Autoridad Marítima Nacional y la envergadura creciente que asumen las actividades relacionadas con la Seguridad Pública, de la Navegación y Portuaria, el Auxilio a la Justicia, la interdicción del tráfico de drogas, la vigilancia de las aguas jurisdiccionales, la asistencia a las comunidades costeras, las tareas humanitarias que debe cubrir a través de sus Buques Guardacostas, complementado con sus Servicios de Aviación, de Salvamento, Incendio y Protección Ambiental, exigen una permanente formación, capacitación, actualización de todo su personal con el nivel de excelencia y las competencias profesionales requeridas hoy en todo el mundo y establecidas por los Convenios Internacionales (Organización Marítima Internacional-OMI).

    A este complejo panorama de requerimientos se añade la creciente complejidad del negocio naviero y portuario en general, atento a los modernos equipos con que están siendo dotados los buques, la evolución tecnológica de los puertos y los sistemas de transferencia de carga, como de igual modo la necesidad de tener muy en cuenta su impacto ambiental, la estructura de costos y fletamiento que se viene experimentando en la actividad del transporte por agua y el nuevo encuadre a partir de la realidad operativa del Mercosur y la Hidrovía Paraná-Paraguay, que inciden en los niveles de competencias que deben poseer los responsables de estas actividades económicas.

    En tal sentido, el negocio portuario y naviero -altamente competitivo- obliga en función de la evolución que ha experimentado la actividad del transporte por agua, la tecnología naval y el comercio marítimo internacional, a que la capacitación de los recursos humanos que requiere la actividad marítima y portuaria, se oriente a igualarse con los niveles de educación marítima a nivel mundial.

    En este contexto, la educación debe dar respuesta a una necesidad de formación profesional más completa, integral y con los niveles de exigencia establecidos internacionalmente, de manera que se garantice un alto nivel de competitividad en condiciones óptimas de seguridad, tanto para la vida humana como la actividad económica en general y el cuidado del impacto ambiental en particular.

    De manera que el sistema educativo de esta Fuerza de Seguridad en particular, debe garantizar la conformación de un perfil profesional que esté en condiciones de desarrollar respuestas que aseguren y contribuyan a la seguridad en el tránsito marítimo y fluvial con conocimientos de las condiciones de seguridad que estipulan las Convenciones Internacionales y Reglamentaciones Nacionales, con capacidad de analizar y desarrollar operativas portuarias, de resolver problemas de la navegación ligados al comercio marítimo y establecer las articulaciones necesarias con el transporte por tierra, permitirle diseñar estrategias frente a la creciente diversidad del comportamiento y operaciones portuarias dentro del Mercosur y la Hidrovía Paraná-Paraguay.

    La especialización científica y tecnológica de este perfil profesional, además de ser una exigencia de los Organismos Internacionales, tales como la OMI, la ROCRAM, la Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD), el Memorando of Undertanding de Viña del Mar (MOU), también lo es del cuerpo Normativo de la Nación, a través de sus leyes nacionales y convenios de cooperación entre los países integrantes de la Red de Autoridades Marítimas.

    La Prefectura Naval Argentina, Fuerza de Seguridad abocada al cumplimiento de competencias que le son específicas, desarrolla ejes fundamentales adecuados a una sociedad contemporánea en crisis, para lo cual la EDUCACION, en sus diferentes niveles y ciclos, acompaña el cambio y la adaptación.

    Así, esta Institución colabora en el ejercicio de una Seguridad que busca brindar un servicio a la comunidad, defender los derechos del hombre y ciudadano, el cuidado del ambiente y el respeto a la Ley y al Estado Democrático.

    Sólo educando bajo estos conceptos se puede lograr realmente una SEGURIDAD adecuada a las necesidades sociales que, además, bajo la faz de prevención, idee modelos deseables para poder enfrentar los problemas que puedan surgir en el futuro.

    El Sistema Educativo de...

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