Resolución 1465/2003

Fecha de disposición20 Marzo 2003
Fecha de publicación20 Marzo 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30114

Administración Federal de Ingresos Públicos Administración Federal de Ingresos Públicos

IMPUESTOS

Resolución General 1465

Impuestos a las Ganancias. Rentas del Trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas. Régimen de retención. Resolución General N° 1261, su modificatoria y sus complementarias. Norma modificatoria y complementaria.

Bs. As., 18/3/2003

VISTO la Resolución General N° 1261, su modificatoria y sus complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la citada norma estableció un régimen de retención en el impuesto a las ganancias aplicable a las rentas comprendidas en los incisos a), b) -excluidas las obtenidas por los actores que perciben sus retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores-, c) -excepto las correspondientes a los consejeros de las sociedades cooperativas-, d) y e) del artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.

Que razones de administración tributaria tendientes a mejorar la eficiencia y el control del cumplimiento de las obligaciones del impuesto sobre los bienes personales, por parte de los beneficiarios de las rentas alcanzadas por la norma del visto, hacen necesario adecuar el procedimiento de información de los bienes patrimoniales de los mencionados sujetos.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Programas y Normas de Fiscalización y de Programas y Normas de Recaudación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 22 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, por el artículo 39 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, y por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°

Modifícase la Resolución General N° 1261, su modificatoria y sus complementarias, conforme se indica a continuación:

  1. Sustitúyese el artículo 11, por el siguiente:

ARTICULO 11

Los beneficiarios de las ganancias comprendidas en el régimen de esta resolución general, se encuentran obligados a informar a este organismo el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten aplicables a esa fecha.

La...

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