Resolución 79/2002

Fecha de disposición25 Octubre 2002
Fecha de publicación25 Octubre 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30012

ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS

Resolución N° 79/2002

Expte.: 13378-01

Bs. As., 30/9/2002

VISTO lo actuado, y

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones fueron iniciadas con fecha 3 de abril de 2001 a fin de cumplir con el plazo establecido para contar con la Matriz de Cumplimiento Anual de Metas y Compromisos del PMES como herramienta de control, debidamente adaptada a los términos del Acta firmada el 9 de enero de 2001 entre AGUAS ARGENTINAS S.A. y el ETOSS.

Que en dicha Acta, celebrada en el Marco del Proceso de la Primera Revisión Quinquenal Ordinariade Tarifas, entre otros se dispone (Anexo I) que: "6. la CONCESIONARIA presentará dentro del plazo de NOVENTA (90) días la Matriz de Cumplimiento Anual de Metas y Compromisos sobre la base de los lineamientos acordados con el ETOSS para el PMES".

Que a tal efecto se remitió a la Concesionaria la Nota ETOSS N° 12.944/01 mediante la cual, y tomando como referencia la propuesta de matriz de cumplimiento que la misma efectuara en el mes de marzo de 2000, se le solicitó que presentara dicha documentación siguiendo los lineamientos que se detallaron en la misma.

Que al respecto AGUAS ARGENTINAS S.A. respondió, presentando a través de la Nota ENT N° 24.638/01 recibida el 21/05/01, una propuesta de Matriz de Cumplimiento Anual de Metas, acompañada del correspondiente Certificado del Auditor Técnico de la Concesión, tal como obra de fs. 17 a 44.

Que dicha documentación mereció el análisis de las GERENCIAS DE ECONOMIA DEL SECTOR, DE RELACIONES INSTITUCIONALES y DE CALIDAD DEL SERVICIO Y DE ADMINISTRACION DE ACTIVOS (ver fs. 46/100).

Que en función de ello, así como también de las reuniones mantenidas entre dicha s Gerencias, se elaboró en forma conjunta un proyecto de nota a remitir a la Concesionaria con observaciones sobre su presentación.

Que en su dictamen de fs. 102 la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES señaló que desde el punto de vista jurídico formal la presentación de la Concesionaria respondía a lo acordado en el Anexo I punto 6 del Acta Acuerdo del 9/01/01, y que la misma había sido efectuada dentro del plazo allí previsto.

Que a su vez la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES indicó que también desde la faz jurídico formal resultaban de aplicación en el sub-exámine las disposiciones del Anexo III del Acta Acuerdo aprobada por la Resolución N° 601/99 de la ex SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO...

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