Resolución 18/2002

Fecha de disposición22 Julio 2002
Fecha de publicación22 Julio 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29945

Autoridad Regulatoria Nuclear Ir al texto actualizado.

Autoridad Regulatoria Nuclear

ACTIVIDAD NUCLEAR

Resolución 18/2002

Apruébanse las nuevas revisiones de diversas Normas.

Bs. As., 24/5/2002

VISTO la Resolución del ex ENTE NACIONAL REGULADOR NUCLEAR Nos 60 del 22 de mayo de 1995, las Resoluciones del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR Nos 3 del 3 de enero de 2000, 18 del 22 de agosto de 2000 y 2 del 5 de febrero de 2001, los Decretos Nos 1540/94 y 506/95, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, lo actuado por el sector NORMAS y la SECRETARIA GENERAL, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución del Presidente del Directorio del ex ENTE NACIONAL REGULADOR NUCLEAR (ENREN) Nº 60/95, se aprobaron, entre otras normas, la Revisión 0 de las Normas AR 3.7.1 "Cronograma de la Documentación a presentar antes de la Operación Comercial de un Reactor Nuclear de Potencia", AR 3.8.1 "Pruebas preliminares y puesta en marcha de Reactores Nucleares de Potencia", AR 4.2.1 "Diseño de Conjuntos Críticos", AR 4.2.2 "Diseño de Reactores de Investigación, AR 4.5.1 "Diseño del Sistema de Suministro de Energía Eléctrica de Reactores de Investigación", AR 4.7.1 "Cronograma de la Documentación a presentar antes de la Operación de un Reactor de Investigación", AR 4.8.1 "Pruebas Preliminares y Puesta en Marcha de Conjuntos Críticos", AR 4.8.2 "Pruebas Preliminares y Puesta en Marcha de Reactores de Investigación", AR 4.9.1 "Operación de Conjuntos Críticos", AR 4.9.2 "Operación de Reactores de Investigación", AR 571 "Cronograma de la Documentación a presentar antes de la Operación de un Acelerador de Partículas", AR 6.2.1 "Diseño de Plantas Industriales de Irradiación con Fuente Radiactiva depositada bajo Agua", AR 6.7.1 "Cronograma de la Documentación a presentar antes de la operación de una Planta Industrial de Irradiación", AR 6.9.1 "Operación de Plantas Industriales de Irradiación con Fuente Radiactiva depositada bajo Agua", AR 7.9.1 "Operación de Equipos de Gammagrafía Industrial", AR 8.2.2 "Operación de Aceleradores Lineales de Uso Médico" y AR 8.2.3 "Operación de Instalaciones de Telecobaltoterapia".

Que la Ley N° 24.804 crea la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) como sucesora del ENTE NACIONAL REGULADOR NUCLEAR (ENREN).

Que el Artículo 16 inciso a) de la referida Ley, establece que esta Institución dictará las normas regulatorias referidas a seguridad radiológica y nuclear, protección física y fiscalización del uso de materiales nucleares, licenciamiento y fiscalización de instalaciones nucleares, salvaguardias y transporte de materiales nucleares en los aspectos de seguridad radiológica y nuclear y protección física.

Que por la Resolución del Directorio de la ARN N° 18/00 se aprobó la Revisión 2 de la Norma AR 8.2.3 "Operación de Instalaciones de Telecobaltoterapia".

Que mediante Resolución del Directorio de la ARN N° 2/01 se aprobó la Revisión 0 de la Norma AR 8.2.4 "Uso de Fuentes Radiactivas no selladas en Medicina Nuclear".

Que prosiguiendo con la adecuación de las Normas ya dictadas, a las nuevas definiciones y terminologías establecidas en la Revisión 3 de la Norma Básica AR 10.1.1 se ha hecho llegar a consideración de este cuerpo colegiado los nuevos textos de las Normas citadas en los considerandos precedentes a las que se le han incorporado las modificaciones correspondientes.

Que los textos que se propician aprobar no establecen nuevos requisitos o requerimientos que puedan alterar la relación costo/beneficio para las instalaciones existentes licenciadas por la ARN, y que en consecuencia no se requiere incluir estas revisiones en el mecanismo de consulta establecido por la Ley N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98.

Por ello, en su reunión de fecha 16 de abril de 2002 (Acta N° 3) y de conformidad con lo establecido en el Artículo 22, inciso a) de la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIO:

Artículo 1°

Aprobar las nuevas revisiones de las Normas que se detallan seguidamente y cuyos textos forman parte integrante de la presente Resolución:

Revisión 1 de la Norma AR 3.7.1 "Cronograma de la Documentación a presentar antes de la Operación Comercial de un Reactor Nuclear de Potencia".

Revisión 1 de la Norma AR 3.8.1 "Pruebas Preliminares y Puesta en Marcha de Reactores Nucleares de Potencia".

Revisión 1 de la Norma AR 4.2.1 "Diseño de Conjuntos Críticos".

Revisión 1 de la Norma AR 4.2.2 "Diseño de Reactores de Investigación".

Revisión 1 de la Norma AR 4.5.1 "Diseño del Sistema de Suministro de Energía Eléctrica de Reactores de Investigación".

Revisión 1 de la Norma AR 4.7.1 "Cronograma de la Documentación a presentar antes de la Operación de un Reactor de Investigación".

Revisión 1 de la Norma AR 4.8.1 "Pruebas Preliminares y Puesta en Marcha de Conjuntos Críticos".

Revisión 1 de la Norma AR 4.8.2. "Pruebas Preliminares y Puesta en Marcha de Reactores de Investigación".

Revisión 1 de la Norma AR 4.9.1 "Operación de Conjuntos Críticos".

Revisión 1 de la Norma AR 4.9.2 "Operación de Reactores de Investigación".

Revisión 1 de la Norma AR 5.7.1 "Cronograma de la Documentación a presentar antes de la Operación de un Acelerador de Partículas.

Revisión 1 de la Norma AR 6.2.1 "Diseño de Plantas Industriales de Irradiación con Fuente Radiactiva depositada bajo Agua".

Revisión 1 de la Norma AR 6.7.1 "Cronograma de la Documentación a presentar antes de la Operación de una Planta Industrial de Irradiación".

Revisión 1 de la Norma AR 6.9.1 "Operación de Plantas Industriales de Irradiación con Fuente Radiactiva depositada bajo Agua".

Revisión 1 de la Norma AR 7.9.1 "Operación de Equipos de Gammagrafía Industrial".

Revisión 1 de la Norma AR 8.2.2 "Operación de Aceleradores Lineales de Uso Médico".

Revisión 3 de la Norma AR 8.2.3 "Operación de Instalaciones de Telecobaltoterapia".

Revisión 1 de la Norma AR 8.2.4 "Uso de Fuentes Radiactivas no Selladas en Instalaciones de Medicina Nuclear".

Art. 2° - Derogar la Revisión 0 de las Normas citadas en el primer considerando de la presente Resolución, aprobadas por Resolución del Presidente del ex ENTE NACIONAL REGULADOR NUCLEAR (ENREN) N° 60/95, la Revisión 2 de la Norma 2 de la Norma AR 8.2.3 "Operación de Equipos de Telecobaltoterapia", aprobada por Resolución del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) N° 18/00 y la Revisión 0 de la Norma AR 8.2.4 "Uso de Fuentes Radiactivas no Selladas en Medicina Nuclear", aprobada por Resolución del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) N° 2/01.

Art. 3° - Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL. Publíquese en el BOLETIN de este Organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. - Diana A. Clein.

NORMA AR 3.7.1.

CRONOGRAMA DE LA DOCUMENTACION A PRESENTAR ANTES DE LA OPERACIóN COMERCIAL DE UN REACTOR NUCLEAR DE POTENCIA.

  1. OBJETIVO

    1. Establecer el cronograma de la documentación que debe presentar la Entidad Responsable a la Autoridad Regulatoria para solicitar las licencias de construcción, puesta en marcha y operación.

  2. ALCANCE

    1. La presente norma es aplicable a reactores nucleares de potencia.

    El cumplimiento de la presente norma y de las normas y requerimientos establecidos por la Autoridad Regulatoria, no exime del cumplimiento de otras normas y requerimientos no relacionados con la seguridad radiológica, establecidos por otras autoridades competentes.

  3. EXPLICACION DE TERMINOS

    1. Construcción: Proceso que comprende la ejecución de obras civiles de la instalación Clase I, el montaje de sus componentes, equipos y sistemas, así como la realización de las pruebas respectivas. Tal ejecución excluye los trabajos de preparación y excavación del sitio del emplazamiento, y se considera iniciada cuando se procede a la colada de hormigón correspondiente.

    2. Entidad Responsable: Titular de las licencias de una instalación Clase I.

    3. Licencia: Documento por medio del cual la Autoridad Regulatoria autoriza, bajo ciertas condiciones, la operación de una instalación o la ejecución de una dada etapa de la vida de dicha instalación. Estas etapas pueden ser la construcción, puesta en marcha, retiro de servicio o cualquier otra que la Autoridad Regulatoria juzgue necesario licenciar.

    4. Licencia de Construcción: Documento por medio del cual la Autoridad Regulatoria autoriza a la Entidad Responsable, bajo ciertas condiciones, para que inicie la construcción de una instalación Clase I.

    5. Licencia de Operación: Documento por medio del cual la Autoridad Regulatoria autoriza a la Entidad Responsable, bajo ciertas condiciones, para que opere una instalación Clase I.

    6. Licencia de Puesta en Marcha: Documento por medio del cual la Autoridad Regulatoria autoriza a la Entidad Responsable de una instalación nuclear Clase I, bajo ciertas condiciones, a que inicie las actividades de puesta en marcha de la misma.

    7. Programa de Calidad: Programa donde se definen la política de calidad, los objetivos, la planificación, la organización, las responsabilidades, los procesos y aquellas actividades que requieren procedimientos escritos.

    8. Pruebas Preliminares: Conjunto de pruebas realizadas en una instalación Clase I o Clase II antes de la recepción o montaje de aquellos materiales o dispositivos previstos en el diseño que generen o sean capaces de generar radiaciones ionizantes, y planificadas para comprobar que, previo a la puesta en marcha, los componentes, equipos y sistemas cumplen con sus bases originales de diseño y con los criterios de performance pertinentes.

    9. Puesta en Marcha: Conjunto de pruebas realizadas en una instalación Clase I o Clase II después de la recepción o montaje de aquellos materiales o dispositivos previstos en el diseño que generen o sean capaces de generar radiaciones ionizantes, y planificadas para comprobar que la instalación reúne todas las condiciones para su operación en condiciones de...

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