Resolución 5/2002

Fecha de disposición11 Marzo 2002
Fecha de publicación11 Marzo 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29855

INSPECCION GENERAL INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA

Resolución General 5/2002

Implántase un trámite de carácter urgente de carácter opcional, para las inscripciones de determinados actos en el Registro Público de Comercio. Procedimiento.

Bs. As., 7/3/2002

VISTO la Carta Compromiso con el Ciudadano suscripta el 11 de octubre de 2001 por esta INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA y las Leyes Nros. 23.283 y 23.412, y

CONSIDERANDO:

Que la Carta Compromiso con el Ciudadano contempla entre las mejoras de servicios y estándares de calidad asumidos por este Organismo, la implementación de un trámite de carácter urgente para la inscripción de determinados actos en el REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO.

Que, por otra parte, los Convenios de Cooperación en vigencia firmados en el marco de las Leyes Nros. 23.283 y 23.412, comprometen a este Organismo a procurar la implementación de aquellos procedimientos que resulten necesarios para optimizar el cumplimiento de sus misiones y funciones, entre las cuales la de la registración mercantil asume relevante significación.

Que el tráfico comercial, del cual son reflejo los instrumentos societarios, requiere crecientemente de una celeridad y dinamismo apropiados a las circunstancias del moderno desenvolvimiento de la economía y sus operadores.

Que por ello, de acuerdo con los objetivos de la Carta Compromiso y los Convenios precedentemente aludidos, resulta necesario poner a disposición de los particulares procedimientos de inscripción de actos en el REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO que, en lo compatible con la certeza y la seguridad jurídica y en la medida de la correcta actuación de los profesionales a cargo de la precalificación de dichos actos, puedan ser concluidos en el lapso más breve posible, a fin de atender, en su caso, a aquellas situaciones de excepción o de extrema urgencia que la vida de los negocios puede ofrecer.

Que el tratamiento arancelario de dichos procedimientos ha de diferir del que se aplica en el marco de la normativa vigente. Ello por cuanto, además de las previsibles ventajas del servicio ofrecido para responder a situaciones como las recién señaladas, se impone la dedicación intensiva y especializada de personal administrativo y profesional de esta INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, la cual no deberá afectar el correcto cumplimiento de los restantes trámites comprendidos en el régimen de precalificación profesional obligatoria, los que continuarán...

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