Resolución 57/2002

Fecha de disposición10 Enero 2002
Fecha de publicación21 Febrero 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29843

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (Nota Infoleg: Norma abrogada por art. 4° de la Resolución N° 20/2004 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 30/1/2004).

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución N° 57/2002

Bs. As., 15/2/2002

VISTO el Decreto N° 78 del 10 de enero de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por la norma citada en primer término se procedió a aprobar la estructura organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, hasta el primer nivel operativo.

Que por la citada medida se ha emprendido un proceso de reingeniería en la mencionada jurisdicción.

Que por tal motivo resulta imprescindible realizar un profundo rediseño en los niveles organizacionales inferiores de las primeras aperturas aprobadas por Decreto N° 78/02.

Que dicha reingeniería tiende a la búsqueda de la optimización de la gestión de la referida JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en su tarea de diseño e implementación de acciones de organización, recursos humanos, tecnologías de gestión, capacitación, administración y contrataciones.

Que por la dinámica adquirida por la Administración Pública Nacional con motivo de la transformación y modernización de sus organizaciones acaecida en estos últimos años, resulta pertinente reformular procesos en los niveles antes mencionados de la citada cartera.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 17 del Decreto N° 1545/94.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTICULO 1°

Apruébanse las aperturas inferiores del primer nivel operativo de la estructura organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, establecida por Decreto N° 78 del 10 de enero de 2002, de acuerdo con los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 2°

Suprímanse, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Departamentos Técnico en Comunicaciones; de Transporte Automotor; de Movimiento y Procesos Administrativos; de Análisis Estructural; de Registros Legales y Beneficios Sociales; las Divisiones de Liquidaciones; de Gestión Administrativa; de Control Administrativo y la Delegación de Administración actuante en la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA.

ARTICULO 3°

Las aperturas de nivel inferior a las aprobadas por la presente Resolución, mantendrán su vigencia hasta tanto se presente su nueva conformación.

ARTICULO 4°

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. - Cdor. JORGE M. CAPITANICH, Jefe de Gabinete de Ministros.

ANEXO I

ANEXO II

SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA

DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE MESA DE ENTRADAS Y DESPACHO

ACCIONES

  1. Organizar y supervisar la recepción, registro, trámite, seguimiento y archivo de la correspondencia, expedientes y documentación ingresada, en movimiento y egresada de la Jurisdicción.

  2. Tramitar la documentación, elaborando los informes, providencias y notas correspondientes.

  3. Protocolizar los actos administrativos -individuales o conjuntos- emanados del Jefe de Gabinete de Ministros que no requieran refrendo ministerial y los emanados de los Secretarios, Subsecretarios y funcionarios de la Jurisdicción Jefe de Gabinete de Ministros con facultades para resolver.

  4. Reproducir, autenticar, distribuir, archivar y custodiar los ejemplares originales de los actos protocolizados.

  5. Tramitar ante los distintos organismos de la Administración Pública la documentación que corresponda.

    DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS

    ACCIONES

  6. Efectuar el control de asistencia del personal de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

  7. Confeccionar y administrar los legajos únicos del personal de la Jurisdicción, manteniendo actualizados sus datos.

  8. Intervenir en la aplicación del régimen disciplinario vigente.

  9. Efectuar la liquidación de los haberes del personal dependiente de la Jurisdicción y las retenciones de rigor.

  10. Tramitar y registrar la documentación referente a designaciones, promociones, cesantías, contrataciones, adscripciones, reincorporaciones y declaraciones juradas, afiliaciones, subsidios familiares y títulos, conforme a la normativa vigente.

  11. Coordinar la aplicación del sistema de selección y evaluación de desempeño, de acuerdo al régimen de carrera vigente.

  12. Administrar las ofertas de capacitación del Instituto Nacional de la Administración Pública y los programas de capacitación específica a los efectos de cubrir las necesidades de las distintas áreas de la Jurisdicción.

  13. Organizar y coordinar los servicios de asistencia médica, psicológica y de enfermería habilitados para el personal de la Jurisdicción.

  14. Intervenir en las acciones vinculadas con la higiene y seguridad laboral.

  15. Desarrollar las acciones relacionadas con las franquicias y licencias especiales sujetas a control médico, decidiendo su otorgamiento y certificar la aptitud psicofísica del personal para su ingreso a los organismos comprendidos en su ámbito de actuación.

  16. Mantener actualizada la información relativa a la estructura organizativa de la Jurisdicción y asistir en las propuestas de modificación.

  17. Realizar el procesamiento de datos referidos a los cargos presupuestarios existentes en la estructura de la Jurisdicción y su actualización con relación a los movimientos de los recursos humanos.

  18. Efectuar la confección de los proyectos de decretos, decisiones administrativas, resoluciones individuales o conjuntas, disposiciones, etc., referidos a la Administración de recursos humanos, atendiendo su seguimiento.

  19. Certificar los servicios de los agentes de la Jurisdicción JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para ser presentados ante los organismos previsionales.

    DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA

    ACCIONES

  20. Coordinar la formulación del anteproyecto de presupuesto.

  21. Efectuar la elaboración y formulación del proyecto de presupuesto anual, calculando las previsiones...

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