Resolución 656/1999

Fecha de disposición16 Septiembre 1999
Fecha de publicación16 Septiembre 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29231

Secretaría de Industria, Comercio y Minería Secretaría de Industria, Comercio y Minería

INDUSTRIA

Resolución 656/99

Considéranse sujetos al beneficio establecido por la Ley Nº 24.402 los montos correspondientes al I.V.A. por las importaciones de bienes de capital de la firma Sidersa S.A., destinados a la recuperación, normalizado, corte y planchado de chapas de hierro y fabricación de estructuras metálicas.

Bs. As., 13/9/99

VISTO el Expediente Nº 061-009306/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma SIDERSA SOCIEDAD ANONIMA ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Financiamiento del I.V.A. conforme la Ley Nº 24.402 para la financiación de créditos equivalentes al Impuesto al Valor Agregado pagado por importaciones de bienes de capital destinados a la recuperación, normalizado, corte y planchado de chapas de hierro y fabricación de estructuras metálicas.

Que la firma SIDERSA SOCIEDAD ANONIMA cumple con la norma internacional de calidad ISO 9002:1994.

Que la mencionada firma ha asumido un compromiso de exportación de acuerdo al Anexo I de la Resolución Conjunta ex-S.M. e I. Nº 68 y ex-S.C. e I. Nº 70 de fecha 12 de febrero de 1996.

Que del análisis efectuado, surge que los bienes de capital se encuadran dentro de los objetivos fijados por la Ley Nº 24.402 y que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el Decreto Nº 779 Reglamentario de la Ley Nº 24.402 y su Anexo correspondiente de fecha 31 de mayo de 1995.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete, opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.

Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 11 del Decreto Nº 779/95 y el Artículo 5º de la Resolución S.I.C. y M. Nº 40/97 de fecha 23 de enero de 1997.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1º

Considéranse sujetos al beneficio establecido por los Artículos 1º y 2º de la Ley Nº 24.402 los montos correspondientes al I.V.A. por las importaciones de bienes de capital de la firma SIDERSA SOCIEDAD ANONIMA destinados a la recuperación, normalizado, corte y planchado de chapas de hierro y fabricación de estructuras metálicas cuyo detalle figura en el Anexo I, según la...

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