Resolución 408/1999

Fecha de disposición22 Junio 1999
Fecha de publicación22 Junio 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29171

Resolución 408/99 del 16/6/99 Secretaría de Industria, Comercio y Minería

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Resolución 408/99

Apruébase el plan de intercambio compensado presentado por la firma Benteler-Rb S.A.

Bs. As., 16/6/99

VISTO el Expediente Nº 060-001988/97, del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que en el mismo, la firma BENTELER-RB S.A., con domicilio en las calles Carlos Pellegrini y Viamonte, de la ciudad de Lanús, Provincia de Buenos Aires, solicita la aprobación de un plan de intercambio compensado que proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente de la industria automotriz.

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.

Que la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA ha evaluado el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º de la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997 y el Decreto Nº 110 del 15 de febrero de 1999.

Que atento a que la firma importará y exportará bienes de idéntica Nomenclatura Arancelaria y Descripción, se hace necesario arbitrar los medios para poder controlar la operatoria.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en los artículos 6º y 14 del Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébase el plan de intercambio compensado presentado por la firma BENTELER-RB S.A., con domicilio en las calles Carlos Pellegrini y Viamonte, de la ciudad de Lanús, Provincia de Buenos Aires, con las condiciones que se indican en el Anexo de DOS (2) foja que forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º

Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997 y el Decreto Nº 110 del...

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