Resolución 137/1992
Fecha de disposición | 15 Enero 1993 |
Fecha de publicación | 15 Enero 1993 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 27556 |
Resolución SE 0137/1992 ENERGIA ELECTRICA.
Reglamentaciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica. Organización y Agentes del Mercado Eléctrico Mayorista. Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios. Disposiciones Transitorias.
Bs. As., 30/11/92.
VISTO la Ley N° 24.065, las Resoluciones EX-S.E.E. N° 61 del 29 de Abril de 1992, N° 137 y 176 del 31 de Septiembre de 1992, y las Resoluciones S.E. N° 50 y N° 53 del 8 de octubre de 1992, N° 75 del 26 de octubre de 1992 y N° 100 del 6 de noviembre de 1992 y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 36 de la Ley N° 24.065 encomienda a esta Secretaría la fijación de normas de despacho económico para las transacciones de energía y potencia en el Mercado Eléctrico Mayorista.
Que es necesario adecuar las normas establecidas en la Resolución EX-S.E.E. N° 61/91 a los criterios de regulación de la actividad de transporte de energía eléctrica y de Generación hidroeléctrica.
Que la experiencia recogida desde la fecha de vigencia de la citada Resolución aconseja perfeccionar y profundizar los procedimientos en aplicación.
Que en consecuencia, resulta necesario ajustar los "Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas, y el Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista" establecidos por la mencionada Resolución EX-S.E.E. N° 61/92 y sus complementarias.
Que dichos procedimientos serán aplicables a todas la transacciones por compraventa de energía eléctrica en bloque qu se ejecuten dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA correspondiendo, en consecuencia, a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA intervenir en la operación, despacho económico y establecimiento de precios.
Que la SECRETARIA DE ENERCIA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por el Artículo 36 de la Ley N° 24.065 y por el Decreto N° 1.594 del 31 de agosto de 1.992.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGIA
RESUELVE:
N° 61/92 por las "REGLAMENTACIONES DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE TRANSPORTE", que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.
El citado Reglamento deberá agregarse al Anexo 16 de "LOS PROCEDIMIENTOS" a que se hace mención el artículo precedente.
El incumplimiento de una orden de operación manual u automática destinada al alivio de carga por desbalance de energía, impartida por CAMMESA, genera para el agente del MEM que la hubiese incumplido, la obligación de pago de la carga no cortada, cuyo monto se calculará en función de la energía no suministrada (CENS), la que por su diferente origen y naturaleza no excluye al Usuario de las sanciones por tal incumplimiento pudiere corresponder aplicar.
Si otros agentes del MEM hubieren cortado carga en reemplazo de quien hubiere incumplido la orden impartida por CAMMESA, se les abonará por el corte excedente respecto de su compromiso una suma calculada en función del CENS.
La diferencia entre el monto definido en el primer y segundo párrafo del presente articulo será acreditado en el FONDO DE ESTABILIZACION.
Sustitúyese el Anexo II de LOS PROCEDIMIENTOS "Instalaciones integrantes de la red de Transporte" por el texto contenido en el Anexo I del presente acto que bajo dicha denominación, describe el conjunto de instalaciones de transmisión, transformación, compensación y maniobra que integran el SISTEMA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA EN ALTA TENCION y los SISTEMAS DE TRANSPORTE POR DISTRIBUCION TRONCAL de las REGIONES ELECTRICAS NOROESTE ARGENTINO, NORESTE ARGENTINO, PATAGONICA, COMAHUE y CUYO.
Corresponderá. en consecuencia, a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DE MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA intervenir en la operación, despache económico y cálculo de precios.
A tales efectos. esta Secretaría definirá los procedimientos a aplicar en el SISTEMA PATAGONICO y en el SISTEMA MISIONES-NORESTE de CORRIENTES para adecuar las reglas del MEM a sus particulares condiciones.
N° 61/92, como Anexo 17 de "LOS PROCEDIMIENTOS".
N° 61/92 ("LOS PROCEDIMIENTOS") por el texto de idéntica denominación contenido en el Anexo II de la presente resolución.
N° 61/92 ("LOS PROCEDIMIENTOS") por el texto de idéntica denominación contenido en el Anexo II de la presente resolución.
N° 61/92 ("LOS PROCEDIMIENTOS") por el texto de idéntica denominación contenido en el Anexo II de la presente resolución.
N° 61/92 ("LOS PROCEDIMIENTOS") como Anexo 18 "Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión" y Anexo 19 "Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal".
N° 61/92 ("LOS PROCEDIMIENTOS") por el texto de idéntica denominación contenido en el Anexo II de la presente resolución.
Elimínase, por idéntica causa. los puntos 2.5.2 al 2.5.6 inclusive del Anexo 1 de la Resolución EX - S.E.E. N° 61/92 (LOS PROCEDIMIENTOS).
N° 61/92 ("LOS PROCEDIMIENTOS") como Anexo 20.
N° 61/92 ("LOS PROCEDIMIENTOS") por el texto de idéntica denominación contenido en el Anexo II de la presente resolución.
Sustituyese como consecuencia de lo dispuesto en el párrafo precedente, el punto 3.5.2 del del Anexo I de la Resolución EX - S.E.E. N° 61/92 ("LOS PROCEDIMIENTOS") por el de idéntica denominación contenido en el Anexo II de la presente resolución.
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