Resolución 86/2010

Fecha de disposición02 Septiembre 2010
Fecha de publicación02 Septiembre 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31978

Jueves 2 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.978 25

Art. 4

'º — La producción mÃnima anual comprometida por la firma MONITAR S.A. será de TREINTAY DOS (32.000) unidades de monitores cromáticos para computadores, trabajando en UN (1) turno de OCHO HORAS (8hs.), DOSCIENTOS CUARENTAY DOS (242) dÃas al año, a partir de la puesta en marcha del proyecto presentado.

Art. 5

'º — La firma MONITAR S.A. se obliga a incorporar en su planta industrial a localizar en la Ciudad de RÃo Grande, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR en adición al personal actualmente registrado y sin prejuicio del que se incorpore en función de otras actividades de la firma, para la fabricación de monitores cromáticos para computadores, una plantilla mÃnima de NUEVE (9) personas en el primer año, DOCE (12) personas en el segundo año y QUINCE (15) personas al cabo del tercer año, manteniendo dicha dotación, para UN (1) turno de trabajo de OCHO HORAS (8hs.).

Art. 6

'º — El plazo máximo de la puesta en marcha del proyecto para la fabricación de monitores cromáticos para computadores no podrá exceder los DOSCIENTOS SETENTA (270) dÃas, contados a partir de la vigencia de la presente resolución.

Art. 7

'º — El incumplimiento por parte de la firma MONITAR S.A. a los compromisos asumidos en la presente resolución dictada en el marco del Régimen del Decreto N'º490/03, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas por los ArtÃculos 7'º y 11 del Decreto N'º479 de fecha 4 de abril de 1995.

Art. 8

'º — Habiéndose agotado todas las medidas e instancias técnicas necesarias, en los términos normados en los ArtÃculos 5'º del Decreto N'º490/03 y 11 de la Resolución N'º105 de fecha 14 de abril de 2003 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION, desestÃmase la oposición interpuesta a foja 589 del expediente cabeza, por la CAMARA ARGENTINA DE MAQUINAS DE OFICINA, COMERCIALES Y AFINES (CAMOCA) al otorgamiento de beneficios impositivos para la radicación de industrias informáticas en la Provincia deTIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, por no haberse acreditado la existencia de producción de monitores para aparatos de procesamiento de la información en el Territorio Continental Nacional.

Art. 9

'º — NotifÃquese a la firma beneficiaria y a la entidad opositora.

Art. 10 — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Eduardo D

Bianchi.

SecretarÃa General ADHESIONES OFICIALES Resolución 1207/2010

Declárase de interés nacional a la “XIII Edición del Premio y Conferencias Internacionales el Ojo de Iberoamérica” a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Bs. As., 27/8/2010

VISTO la Actuación N'º92726-10-1-4 del Registro de la PRESIDENCIA de la NACION por medio de la cual tramita la solicitud de declarar de Interés Nacional a la “XIII EDICION DEL PREMIO Y CONFERENCIAS INTERNACIONALES EL OJO DE IBEROAMERICA (EL OJO DE IBEROAMERICA 2010)”, y CONSIDERANDO:

Que este evento es...

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