Resolución 60/2010

Fecha de disposición02 Septiembre 2010
Fecha de publicación02 Septiembre 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31978

Jueves 2 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.978 24 —con carácter de Declaración Jurada— realizar gastos en investigación y desarrollo de software por el NUEVE COMA NOVENTA Y TRES POR CIENTO (9,93%) del gasto total de las actividades sujetas a promoción, encuadrándose tal proporción dentro de los parámetros fijados por el ArtÃculo 8'º, inciso a) del Anexo I al Decreto N'º1594/04.

Que,enconsecuencia,habiendocumplimentado los requisitos exigidos por la normativa aplicable al Régimen, corresponde inscribir a la Empresa RED LINK S.A. (C.U.I.T. N'º3362974985-9) en el REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMATICOS creado por la Resolución N'º61/05 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA como beneficiaria del Régimen.

Que en virtud de tal inscripción la Empresa RED LINK S.A. (C.U.I.T. N'º33-62974985-9) resultará beneficiaria de la estabilidad fiscal establecida en el ArtÃculo 7'º de la Ley N'º25.922, asà como también de los beneficios previstos en los ArtÃculos 8'º y 9'º de la misma ley.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades conferidas por los ArtÃculos 21 de la Ley N'º25.922 y 21 del Anexo I al Decreto N'º1594/04.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — InscrÃbese a la Empresa RED LINK S.A. (C.U.I.T. N'º33-62974985-9) en el REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMATICOS, y declárase a la misma beneficiaria del Régimen de Promoción de la Industria del Software establecido por la Ley N'º25.922, el Decreto N'º1594 de fecha 15 de noviembre de 2004 y la Resolución N'º61 de fecha 3 de mayo de 2005 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑAY MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en las condiciones establecidas por las normas citadas.

Art. 2

'º — A los fines del ArtÃculo 3'º del Anexo I al Decreto N'º1.594/04, y de conformidad con lo indicado en los considerandos de la presente medida, se establece el dÃa 9 de abril de 2010 como fecha de presentación de la solicitud de inscripción de la Empresa RED LINK S.A. (C.U.I.T.

N'º33-62974985-9) en el REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMATICOS.

Art. 3

'º — Declárase a la Empresa RED LINK S.A. (C.U.I.T. N'º33-62974985-9) beneficiaria de la estabilidad fiscal establecida en el ArtÃculo 7'º de la Ley N'º25.922.

Art. 4

'º — El crédito fiscal previsto en el ArtÃculo 8'º de la Ley N'º25.922 será equivalente al SETENTA POR CIENTO (70%) sobre el CIEN POR CIENTO (100%) de las contribuciones patronales a las que se refieren las Leyes Nros. 19.032, 24.013 y 24.241, efectivamente abonadas por la empresa.

Art. 5

'º — El beneficio previsto en el ArtÃculo 9'º de la Ley N'º25.922 será una desgravación del SESENTA POR CIENTO (60%) aplicado sobre el CIEN POR CIENTO (100%) del monto total del Impuesto a las Ganancias determinado en cada ejercicio.

Art. 6

'º — NotifÃquese a la beneficiaria y remÃtase copia de la presente resolución a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 7

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Eduardo D. Bianchi.

SecretarÃa de Industria y Comercio PROMOCION INDUSTRIAL Resolución 60/2010

Declárase a la firma Monitar S.A. comprendida en el Régimen establecido por el Decreto N'º490/03.

Bs. As., 30/8/2010

VISTO el Expediente N'º02562/2004 del Registro del GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, y CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley N'º19.640 se estableció un régimen especial fiscal y aduanero para el ex TERRITORIO NACIONAL DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, con el fin de fomentar la actividad económica y asegurar de ese modo, el establecimiento permanente de la población argentina en la región.

Que en el marco del referido Régimen, se dictó el Decreto N'º479 de fecha 4 de abril de 1995 que permitió a las empresas industriales radicadas al amparo de la Ley N'º19.640 la sustitución de los productos incluidos en el proyecto originalmente aprobado.

Que posteriormente en el marco de las Leyes Nros. 19.640 y 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario, se dictó el Decreto N'º490 de fecha 5 de marzo de 2003 por medio del cual se facultó a las empresas industriales, a radicarse o radicadas con proyectos en marcha (hayan sustituido o no sus productos en el marco del Decreto N'º479/95), a fabricar productos nuevos.

Que la firma MONITAR S.A., solicitó acogerse al Régimen del Decreto N'º490/03, por medio de un proyecto para la fabricación de C.P.U.

(unidades centrales de proceso) y monitores cromáticos para computadores, en su planta fabril a localizar en la Ciudad de RÃo Grande,

Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

Que la firma MONITAR S.A. presentó el mencionado proyecto en el marco de lo establecido en la Resolución N'º105 de fecha 14 de abril de 2003 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA,

COMERCIO Y MINERIA del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION, reglamentaria del Decreto N'º490/03.

Que el Gobierno de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, conforme constancia agregada a fojas 197/198 del expediente cabeza, ha opinado favorablemente respecto del proyecto presentado por la firma MONITAR S.A., para la fabricación de aparatos de procesamiento de la información y de monitores cromáticos para computadores, en su planta fabril a localizar en la Ciudad de RÃo Grande, Provincia deTIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

Que mediante los Expedientes N'ºS01:0229127/2004yN'ºS01:0303024/2004, ambos del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION agregados a fojas 214/215 del expediente cabeza respectivamente, la firma MONITAR S.A. ha dado cumplimiento a lo normado en el ArtÃculo 11 de la...

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