Resolución 3/2010

Fecha de disposición19 Julio 2010
Fecha de publicación19 Julio 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31946

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, incisos 1º y 2º de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Autorízase a la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION a celebrar la contratación de la persona que se detalla en la planilla que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Decisión Administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -- Aníbal F. Randazzo.

ANExO I CONTRATO LEY MARCO DE REGULACION DE EMPLEO PUBLICO NACIONAL Nº 25.164

PERTENECIENTE A LA UNIDAD DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Y EVALUACION DE LA EDUCACION ARGENTINA DEL 1/1/2010 AL 31/12/2010

Nº APELLIDO NOMBRES TIPO DOC.

Nº DOC. NIVEL GRADO DEDIC.

1 GUTIERREZ Lucía D.N.I. 32.187.365 B 1 100% PRESUPUESTO Decisión Administrativa 491/2010

Ministerio de Salud. Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010.

Bs. As., 13/7/2010

VISTO, el Expediente Nº 1-2095-S01:0000574/ 2010, del registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD 'DR. CARLOS G. MALBRAN', entidad a cargo del MINISTERIO DE SALUD y el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2010, aprobado por la Ley Nº 26.546 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 11 de enero de 2010, y CONSIDERANDO:

Que resulta necesario adecuar el presupuesto de la JURISDICCION 80 - MINISTERIO DE SALUD en la parte que corresponde al Organismo Descentralizado 906 - ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD 'DR. CARLOS G. MALBRAN', a efectos de incorporar remanentes de ejercicios anteriores en concepto de transferencias externas de manera de posibilitar su efectiva ejecución.

Que la incorporación de remanentes de ejercicios anteriores que se promueve opera por compensación con los recursos por transferencias externas originalmente aprobadas para el organismo citado para el corriente ejercicio fiscal sin alterar su presupuesto de gastos vigente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 37 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, y el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL vigente, aprobado por la Ley Nº 26.546 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 del 11 de enero de 2010, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -- Amado Boudou.

-- Juan L. Manzur.

NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Nº 31.946 5

Que teniendo en cuenta que a la fecha no se ha aprobado la estructura organizativa del nivel Dirección, ello no obsta a la continuidad del trámite de las actuaciones.

Que asimismo, la presente medida se eleva en función del volumen de expedientes, el cúmulo de tareas y la responsabilidad emergente del área técnica con competencia en el Régimen de Crédito Fiscal, por lo que resulta necesario resolver con eficacia la circunstancia suscitada.

Que por ello, deviene oportuno, encomendar transitoriamente a la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DEL DESARROLLO REGIONAL, las tareas relativas a la evaluación y aprobación de las rendiciones de cuentas presentadas por las empresas y a la emisión de los Certificados de Crédito Fiscal, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal, instituida por la Ley Nº 22.317, con la pertinente supervisión y control, a fin de no entorpecer las actividades vinculadas con el sector.

Que la actividad que se encomienda por el momento a la citada Subsecretaría, es de carácter exclusivo y restrictivo.

Que por la Ley Nº 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las Micro,

Pequeñas y Medianas Empresas.

Que para la aplicación de la ley comentada, fue necesario adaptar dicho Régimen siendo reglamentado por los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998 y 434 de fecha 29 de abril de 1999.

Que entre los objetivos de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DEL DESARROLLO REGIONAL se encuentra el de diseñar, impulsar, dirigir, ejecutar y evaluar nuevos programas y acciones de fomento, asistencia y promoción que atienda a las problemáticas de las Micro, Pequeñas y Medianas en todas sus ramas, del desarrollo emprendedor y la creación de empresas, dentro del marco de política general.

Que asimismo, la mencionada Subsecretaría, tiene como finalidad asistir al Secretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional en la elaboración, propuesta, difusión y ejecución de las diversas alternativas de capacitación y asistencia técnica para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, supervisando su cumplimiento y coordinando las acciones vinculadas a ellas.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 819/98, 434/99, 919/10 y 964/10.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébase la utilización de los Certificados de Crédito Fiscal detallados en Anexo que con TREINTA Y SEIS (36) hojas forma parte integrante de la presente medida, para proyectos de capacitación correspondientes a los Llamados 2007, 2008, 2009 y 2010, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Art. 2º

Encomiéndase transitoriamente a la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DEL DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, proceder a la evaluación y posterior aprobación de las rendiciones de cuentas presentadas por las empresas para proyectos de capacitación correspondientes a los Llamados 2007, 2008, 2009 y 2010, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con la correspondiente emisión de los Certificados de Crédito Fiscal, cuya utilización se aprueban por medio del Artículo 1º de la presente medida.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Horacio G. Roura.

ANExO NUMERO DE CERTIFICADO 301-2010-00161

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