Resolución 1015/2010

Fecha de disposición23 Junio 2010
Fecha de publicación23 Junio 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31929

ANEXO PAGO COMPENSACION A ENGORDADORES DE GANADO BOVINO A CORRAL FEED LOTS S01:0091857/2010

Nº EXPEDIENTE RAZON SOCIAL C.U.I.T C.B.U PERIODO 2009 Establecimiento enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre Localidad Provincia 1 16157632785 DON TITO SA 30-69548156-6 285088163000008959508-1 66.967.55 58.985.06 72.720.60 112.669.94 158.244.19 169.595.55 134.143.75 134.529.07 119.474.27 114.322.81 SAN LUIS SANTA FE TOTAL 1.141.652.79 Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario PRODUCCION DE GANADO BOVINO Resolución 1706/2010

Autorízase el pago de compensaciones.

Bs. As., 18/6/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0099576/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.

Que por la Resolución Nº 40 de fecha 25 de enero de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se facultó a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, a establecer los mecanismos de eficiencia en el uso de los granos destinados a la alimentación de las distintas especies animales y a definir las clasificaciones de las mismas cuya producción será objeto de compensación.

Que mediante Resolución Nº 1378 de fecha 23 de febrero de 2007, modificada por las Resoluciones Nros. 4668 de fecha 4 de octubre de 2007 y 1164 de fecha 4 de febrero de 2009, todas de la citada Oficina Nacional, se incorporó al mecanismo implementado por la mencionada Resolución Nº 9/07 y su complementaria Nº 40/07, a los establecimientos que se dedican al engorde del ganado bovino a corral (Feed Lots) con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros.

Que mediante la referida Resolución Nº 1378/07 y sus modificatorias se fijaron los parámetros para la determinación y pago de las correspondientes compensaciones.

Que en tal marco se presentaron las solicitudes de los productores que se dedican al engorde del ganado bovino a corral (Feed Lots) con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros, cuyos Nombres o Razón Social, Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

Que las solicitudes presentadas por los Operadores DON RICARDO S.A. y CORVATTA ALEJANDRO HUGO, que se detallan en el mencionado Anexo, fueron liquidadas de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº 1378/07 y sus modificatorias.

Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó las presentaciones efectuadas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge de los informes técnicos obrantes a fojas 1/3 y 26/28.

Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 79/80.

Que en el presente caso no resulta ser de aplicación la Resolución Nº 145 de fecha 7 de septiembre de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por tratarse de establecimientos de engorde de ganado bovino a corral (Feed Lots).

Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 16 del Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005, por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007 y 40 de fecha 25 de enero de 2007 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébanse las compensaciones solicitadas por los productores que se dedican al engorde del ganado bovino a corral (Feed Lots), que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 4.449.645,58) por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2º

Autorízase el pago de las compensaciones consignadas individualmente a los beneficiarios mencionados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 4.449.645,58).

Art. 3º

El gasto que demande la implementación de lo establecido en el Artículo 2º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Juan M. Campillo.

ANEXO PAGO COMPENSACION A ENGORDADORES DE GANADO BOVINO A CORRAL FEED LOTS S01-0099576/2010

Nº EXPEDIENTE RAZON SOCIAL C.U.I.T C.B.U Año 2009 Establecimiento mayo junio julio agosto septiembre octubre Localidad Provincia 1 3869537277 DON RICARDO S. A. 30-70873822-7 017047412000000004915-9 2.047.296,04 2.250.114,42 CORONEL MOLDES CORDOBA 3 41837305897 CORVATTA ALEJANDRO HUGO 20-10212148-2 014041080168000035596-5 13.539,48 8.818,49 6.806,84 19.177,77 45.726,90 58.165,64 PIGÜE BUENOS AIRES TOTAL 4.449.645,58 Ministerio de Salud SALUD PUBLICA Resolución 1015/2010

Modificación de la Resolución Nº 793/09 en relación con el Convenio de Adhesión al Proyecto de Abordaje Integral del Embarazo Adolescente.

Bs. As., 15/6/2010

VISTO el expediente Nº 2002-5136/09-3 y la Resolución Nº 793 de fecha 3 de diciembre de 2009, ambos del registro del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1º de la Resolución mencionada en el VISTO, se aprobó el PROYECTO DE ABORDAJE INTEGRAL DEL EMBARAZO ADOLESCENTE, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA dependiente de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS de este Ministerio, el que será desarrollado en conjunto con las Jurisdicciones Municipales que tienen los indicadores de morbilidad y mortalidad más relevantes según se desprende del ANEXO I que forma parte integrante de la citada medida.

Que por el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 793 de fecha 3 de diciembre de 2009, se aprobó como ANEXO II el texto del Convenio de Adhesión a suscribirse entre este Ministerio y cada uno de los Gobiernos Provinciales y/o Municipales, el cual forma parte integrante de la misma.

Que en virtud de las reuniones y negociaciones mantenidas por la Dirección de Medicina Comunitaria dependiente de la mencionada SUBSECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA, y los funcionarios de los Municipios indicados en el ANEXO I de la Resolución Ministerial Nº 793/09, con motivo de la firma del convenio a celebrarse entre este Ministerio y las jurisdicciones municipales seleccionadas, y a los fines de dar mayor claridad y seguridad jurídica a la implementación y ejecución del proyecto aprobado por dicho acto administrativo, se acordó en modificar el texto del modelo de convenio aprobado por el Artículo 2º de la citada medida.

Que resulta necesario formalizar la relación jurídica entre este Ministerio y las jurisdicciones seleccionadas, mediante la celebración de un convenio por el cual se establezcan las acciones, recursos, deberes y obligaciones de las partes, para llevar a cabo el mencionado proyecto.

Que la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS y la SUBSECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA de este Ministerio han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCION GENERAL DE...

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