Resolución 207-E.

EmisorMinisterio de Produccion
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2017

Resolución 207-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 17/03/2017

VISTO el Expediente EX-2017-03676992- -APN-CME#MP, las Leyes Nros. 22.802 y 24.240, la Resolución N° 171 de fecha 4 de julio de 2016 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO

Que, la Ley N° 24.240 determina que aquellos productos cuya utilización pueda suponer un riesgo para la salud o la integridad física de los consumidores, deben comercializarse observando las normas establecidas para garantizar la seguridad de los mismos.

Que, mediante el inciso b) del Artículo 12 de la Ley N° 22.802 delega en la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN o el organismo que en el futuro lo reemplace, en materia de comercio interior, tiene la facultad de establecer los requisitos de seguridad que deberán cumplir los productos o servicios que no se encuentren regidos por otras leyes.

Que, por medio de la Resolución N° 171 de fecha 4 de julio de 2016 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se reúne en un mismo cuerpo normativo toda la reglamentación técnica referida al equipamiento eléctrico de baja tensión que se comercializa en la REPÚBLICA ARGENTINA, y las pautas para la certificación que acrediten el cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad.

Que se estima necesario rediseñar algunos aspectos técnicos de la normativa vigente para productos eléctricos de baja tensión a fin de facilitar las operatorias que de ella emanan.

Que se advierte la necesidad de establecer un régimen mediante el cual se suspendan las actividades de vigilancia para aquellos productos certificados cuya fabricación o importación ha cesado, manteniendo la validez del certificado para los productos que se encuentren como remanente para su comercialización.

Que, la Disposición N° 613 de fecha 4 de julio de 2003 modificada por las Disposiciones Nros. 428 de fecha 10 de agosto de 2007 y 398 de fecha 17 de agosto de 2011 todas de la Dirección Nacional de Comercio Interior, dispuso la obligatoriedad de la verificación física, al momento del ingreso al país, de productos correspondientes al equipamiento eléctrico de baja tensión por parte de la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica actualmente en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que en el marco de la Resolución N° 44 de fecha 29 de abril de 1998 de la Dirección General de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, se establece un régimen operativo vinculado a la selectividad de las mercaderías objeto de importación; y canales de selectividad aduaneros determinados por el procedimiento de oficialización vigente en el Sistema Informático María y el Documento Único Aduanero.

Que es uno de los principales objetivos del Gobierno Nacional, optimizar las capacidades de gestión a partir de la sistematización y ordenamiento de las acciones de los organismos públicos, mejorar la producción estatal y clarificar las áreas de competencia de cada uno de los sectores que integran la Administración Pública Nacional.

Que, en virtud de lo expuesto, deviene necesario establecer que la verificación del equipamiento eléctrico de baja tensión que ingresa al país, se encuentre en el régimen de selectividad aduanero antes mencionado, a los fines de evitar duplicación de trámites, simplificando el régimen y resguardando su efectivo cumplimiento.

Que, mediante el Decreto Nº 1.063 de fecha 4 de octubre de 2016 se aprobó la implementación de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), como medio de interacción del ciudadano con la Administración, a través de la recepción y emisión por medios electrónicos de presentaciones solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros; resultando adecuada su implementación para el citado régimen.

Que, la Resolución N° 282 de fecha 29 de diciembre de 2014 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, estableció que la modalidad de las transferencias de titularidad de los certificados emitidos por los organismos de...

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