Resolución 201/2015

Fecha de disposición25 Febrero 2015
Fecha de publicación04 Marzo 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33082



MINISTERIO DE SALUD

Resolución 201/2015Bs. As., 25/2/2015

VISTO el Decreto N° 1.286 de fecha 9 de septiembre de 2010, la Resolución Ministerial N° 406/12 de fecha 28 de marzo de 2012, y el Expediente N° 1-2002-82-15-7 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 1286/10 se creó el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, cuyas misiones comprenden entre otras, apoyar la educación y la capacitación en ciencias básicas y disciplinas clínicas para la participación en programas básicos y de investigación clínica y programas relacionados con el cáncer.

Que mediante la Resolución Ministerial N° 406/12 se creó el “Programa de Capacitación de Corta Duración de Recursos Humanos en Cáncer” en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, dirigido a la formación de recursos humanos especializados en las distintas áreas de la oncología.

Que dicho programa tuvo como objetivo fundamental promover y fortalecer la capacitación de calidad en el ámbito de incumbencia del Instituto Nacional del Cáncer, como así también impulsar instrumentos de fortalecimiento de las políticas de capacitación en instituciones públicas, privadas y/o de la sociedad civil con las que se firmarán convenios de colaboración.

Que resulta beneficioso determinar, cada año, en qué especialidades se otorgarán las becas teniendo en cuenta las necesidades y avances, tanto científicas como tecnológicas, que demandarán capacitaciones en distintas áreas oncológicas.

Que, asimismo, resulta de vital importancia que cada año se determinen las sedes y la cantidad de becas a otorgarse siempre respetando las partidas presupuestarias otorgadas para cada ejercicio a tal fin.

Que en el ANEXO I se acompaña la nómina de especialidades en las que se otorgarán las becas.

Que, a los fines precedentemente expuestos, se realiza una nueva convocatoria de becas de capacitación de recursos humanos en oncología en el marco del ya creado PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE CORTA DURACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER.

Que las postulaciones a las becas serán valoradas por una Comisión Evaluadora, designada “ad hoc” por el Consejo Ejecutivo del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, compuesta por integrantes de reconocida trayectoria en el ámbito asistencial hospitalario, quienes asignarán las mismas teniendo en cuenta las necesidades por área o especialidad de cada región.

Que las designaciones a las becas será realizada por el Director del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER.

Que en el ANEXO I punto 4, se especifica que se entregarán CINCUENTA (50) becas de capacitación de recursos humanos en oncología siendo DOCE (12) de ellas de SEIS (6) meses de duración, TREINTA Y CUATRO (34) de CUATRO (4) meses de duración y CUATRO (4) de DOS (2) meses de duración.

Que el estipendio mensual de la beca será en todos los casos de PESOS CATORCE MIL ($ 14.000.-).

Que la cantidad de becas podrá variar, siempre dentro del límite de ejecución presupuestaria previsto, teniendo en cuenta las postulaciones recibidas, siendo que las becas podrán ser de dos, cuatro o seis meses de duración.

Que los recursos financieros se otorgarán de acuerdo a la suscripción de los respectivos convenios marco entre las Instituciones receptoras de los becarios y el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, como así también los convenios específicos entre los becarios y el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se dicta la presente medida en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. 1992) y modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO

DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

— Instruméntense dentro del marco regulatorio del PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE CORTA DURACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER, creado por RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 406/2012, las becas de formación de recursos humanos correspondientes al año 2015.

ARTÍCULO 2°

— Las cantidad de becas de capacitación a otorgarse en el año 2015 será de CINCUENTA (50), en las especialidades determinadas en el ANEXO I, distribuidas de la siguiente forma: DOCE (12) becas de SEIS (6) meses de duración, TREINTA Y CUATRO (34) becas de CUATRO (4) meses de duración y CUATRO (4) becas de DOS (2) meses de duración. Dicha distribución podrá variar, siempre dentro del límite de ejecución presupuestario previsto, teniendo en cuenta las postulaciones recibidas, quedando facultado a tal fin el Director del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER a realizar la redistribución mediante acto expreso y fundado.

ARTÍCULO 3°

— Facúltase al Director del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER a realizar las asignaciones de las becas de capacitación, teniendo en especial consideración el orden de mérito propuesto por la Comisión Evaluadora.

ARTÍCULO 4°

— Las becas serán desarrolladas en instituciones específicas, que suscribieron Convenios de Cooperación con el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER o que lo firmarán luego de dictada la presente resolución.

ARTÍCULO 5º

— Apruébanse las bases y condiciones de la Convocatoria “Programa de Capacitación de corta duración de recursos humanos en Cáncer - Año 2015” de acuerdo a lo establecido en el ANEXO I, el que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 6°

— Apruébanse las diversas líneas de capacitación que se encuentran detalladas en los ANEXOS II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV y XV, que forman parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 7°

— El otorgamiento efectivo de cada beca estará sujeto a la suscripción de los respectivos convenios entre el becario y el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER.

ARTÍCULO 8°

— El estipendio mensual a percibir por cada becario será de PESOS CATORCE MIL ($ 14.000.-) y la duración de las becas será de DOS (2) a SEIS (6) MESES según las prescripciones pautadas en los ANEXOS II a XV, y el principio de ejecución y duración de cada una de ellas puede variar según el becario, lo que se detalla en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 9°

— El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será afectado a las partidas específicas del presupuesto vigente, y queda sujeto a limitación en función de la capacidad financiera con que se cuente.

ARTÍCULO 10 — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dr

JUAN LUIS MANZUR, Ministro de Salud.

ANEXO I

Bases convocatoria “Programa de Capacitación de corta duración de recursos humanos en Cáncer - Año 2015”

El INC abre una convocatoria nacional para la adjudicación de Becas de Capacitación de Recursos Humanos en Cáncer a profesionales de la salud.

La finalidad del programa es intervenir en el proceso de formación de recursos humanos en las distintas áreas de la oncología, para poder dar respuesta a la necesidad de mejorar la calidad asistencial y contribuir, en última instancia, a la disminución de la mortalidad por cáncer en el país.

La metodología del programa es a través de la asignación de becas por un período de hasta seis (6) meses.

El INC prioriza en este año 2015 la capacitación de recursos humanos en las siguientes líneas:

- Enfermería oncopediátrica,

- Enfermería en cuidados paliativos (adultos y pediátricos),

- Cuidados paliativos médicos (adultos y pediátricos),

- Soporte clínico pediátrico,

- Anatomía patológica,

- Técnicos en anatomía patológica,

- Cirugía mamaria,

- Mamografía (médicos y técnicos),

- Endoscopía digestiva,

- Cirugía de cáncer colorrectal,

- Cáncer digestivo,

- Asesoramiento genético en cáncer,

- Citología cérvico-vaginal.

Las provincias podrán postular candidatos que cumplan los requisitos de admisibilidad dispuestos por el INC.

1) CONDICIONES DE ADMISIBILIDAD

Se dará prioridad a aquellos becarios que estén desempeñándose en un servicio de oncología de un hospital público.

Condiciones generales para todos los becarios:

- No recibir otras becas o subsidios del Ministerio de Salud de la Nación al momento de presentar la solicitud de admisión.

- Ser argentino nativo o nacionalizado.

- Fotocopia de D.N.I. (1° y 2° hoja).

- Presentar N° CUIT/CUIL.

- Fotocopia del título habilitante.

- Matrícula profesional.

- Curriculum Vitae firmado en todas sus hojas.

- Fundamentación escrita de su postulación, sus expectativas y proyectos luego de finalizada la beca.

- Contar con nota de aval del director del hospital al cual pertenece para poder realizar la beca de capacitación.

- No poseer antecedentes penales y/o sanciones administrativas (el certificado sólo será necesario presentarlo en caso de ser seleccionado, no en la postulación).

El becario, una vez seleccionado, deberá presentar la documentación requerida copias en el Instituto Nacional del Cáncer, Julio Argentino Roca 781, Piso 10° (C1067ABC) personalmente o vía correo postal.

El incumplimiento de alguna de estas condiciones implicará la no consideración de la postulación del becario.

2) EVALUACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE BECAS

En caso que el número de postulantes exceda el número de vacantes se formará un comité de selección, designado ad hoc por el Consejo Ejecutivo del INC, compuesto por integrantes de reconocida trayectoria en el ámbito de la oncología, que designarán los candidatos por orden de mérito. La decisión del comité será inapelable.

En el caso de requerir información complementaria a la incluida en las presentaciones, la Comisión puede solicitarla a los respectivos participantes.

La beca que quede vacante dentro de los treinta días hábiles de iniciada la ejecución de la misma, será otorgada al siguiente postulante de la convocatoria correspondiente según el orden de mérito establecido y en caso que hubiere otro postulante.

3) TIPOS DE BECAS Y ESTIPENDIO

Se otorgarán 50 becas de capacitación de corta duración de recursos humanos en...

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