Resolución 1900.

Fecha de disposición07 Enero 2016
Fecha de publicación07 Enero 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 1900/2015

Bs. As., 03/12/2015

VISTO el Expediente N° S01:0069979/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PÚBLICAS,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 245 de fecha 7 de junio de 2009 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, publicada en el Boletín Oficial el día 8 de julio de 2009, se fijaron derechos antidumping para las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de equipos acondicionadores de aire de capacidad menor o igual a SEIS MIL QUINIENTAS (6.500) frigorías/hora; versión frío solo o frío-calor mediante la utilización de válvula inversora del ciclo térmico: de pared o ventana, formando un solo cuerpo, con dispositivo para modificar la temperatura del aire, originarias del REINO DE TAILANDIA, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8415.10.19.

Que en virtud de lo expuesto en el considerando anterior, se fijó un derecho antidumping a las operaciones de exportación del producto investigado por el término de CINCO (5) años.

Que por la resolución mencionada en el primer considerando de la presente medida se fijaron para las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA del producto objeto señalado, un valor mínimo de exportación FOB definitivo de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS COMA OCHENTA Y NUEVE (U$S 476,89) por unidad para los equipos acondicionadores de aire de capacidad inferior o igual a DOS MIL QUINIENTAS (2.500) frigorías/hora y un valor mínimo de exportación FOB definitivo de DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS VEINTISÉIS COMA SETENTA Y CUATRO (U$S 526,74) por unidad para los equipos acondicionadores de aire de capacidad superior a DOS MIL QUINIENTAS (2.500) frigorías/hora e inferior o igual a CINCO MIL (5.000) frigorías/hora.

Que mediante el expediente citado en el Visto, la ASOCIACIÓN DE FÁBRICAS ARGENTINAS TERMINALES DE ELECTRÓNICA (AFARTE) solicitó la revisión de la medida antidumping dispuesta por la Resolución N° 245/09 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, para las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de equipos acondicionadores de aire de capacidad menor o igual a SEIS MIL QUINIENTAS (6.500) frigorías/hora; versión frío solo o frío-calor mediante la utilización de válvula inversora del ciclo térmico: de pared o ventana, formando un solo cuerpo, con dispositivo para modificar la temperatura del aire, originarias del REINO DE TAILANDIA.

Que mediante la Resolución N° 358 de fecha 8 de julio de 2014 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se declaró procedente la apertura de la investigación, manteniéndose los derechos antidumping fijados por la Resolución N° 245/09 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION hasta tanto se concluya el procedimiento de revisión indicado.

Que con posterioridad a la apertura de examen se invitó a las partes interesadas a realizar sus correspondientes ofrecimientos de prueba.

Que habiéndose producido el vencimiento del plazo otorgado para los mismos, se procedió a elaborar el proveído de pruebas.

Que una vez vencido el plazo otorgado para la producción de la prueba ofrecida, se procedió al cierre de la etapa probatoria del examen, invitándose a las partes interesadas a tomar vista del expediente citado en el Visto para que, en caso de considerarlo necesario, las mismas presentaran sus alegatos.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 32, párrafo segundo del Decreto N° 1.393 de fecha 2 de septiembre de 2008, la Autoridad de Aplicación, con el objeto de dar cumplimiento a las distintas instancias que componen la investigación, ha hecho uso del plazo adicional.

Que por su parte, la Dirección de Competencia Desleal dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, elevó con fecha 3 de marzo de 2015 a la citada Subsecretaría, el correspondiente Informe de Determinación Final del Examen por expiración del plazo expresando que "...a partir del procesamiento y análisis efectuado de los datos obtenidos a lo largo del procedimiento...

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