Resolución 1895/2014
Fecha de disposición | 15 Octubre 2014 |
Fecha de publicación | 11 Noviembre 2014 |
Sección | Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 33008 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1895/2014Bs. As., 15/10/2014
VISTO el Expediente N° 1.550.057/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que esta Autoridad de Aplicación propuso a las partes involucradas un incremento salarial en los términos y conforme los lineamientos que surgen del acta de fojas 47/48 del Expediente N° 1.550.057/13, ello en orden a la falta de consenso entre las mismas.
Que en dicha acta prestaron su conformidad con la propuesta la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE EMPRESAS DE ENERGIA por el sector sindical y las empresas CENTRAL PUERTO SOCIEDAD ANONIMA, EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.), EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANONIMA (EDESUR S.A.), CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANONIMA y ENDESA COSTANERA SOCIEDAD ANONIMA, ratificada por esta última a fojas 80 del Expediente N° 1.550.057/13.
Que las empresas SACME SOCIEDAD ANONIMA y EDELAP SOCIEDAD ANONIMA ratificaron el acuerdo a fojas 59 y a fojas 189, respectivamente, de las presentes actuaciones.
Que consecuentemente con dicho consentimiento ha quedado configurado el acuerdo salarial entre las mismas.
Que respecto de aquellas empresas cuyo consentimiento fuera prestado “ad referéndum” el mismo ha sido convalidado mediante diversas notas y a través de quienes revisten legitimidad para ello, conforme surge de las constancias obrantes en las presentes actuaciones.
Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad de las empresas signatarias y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del...
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