Resolución 159-E.

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición28 de Marzo de 2017

Resolución 159-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 17/03/2017

VISTO el Expediente 1-2015-1754128/2017 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nros. 25.191 y 27.341, los Decretos Nros. 453 del 24 de abril de 2001, y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1109 de fecha 28 de diciembre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 61 de la Ley N° 27.341 se restableció la vigencia de la Ley N° 25.191 en su redacción original junto con la normativa reglamentaria, a partir del 1° de enero de 2017.

Que por el artículo 7° de la Ley N° 25.191 se dispuso la creación del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), como entidad autárquica de Derecho Público no Estatal.

Que en virtud de ello, por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1109/16 se declaró constituido el REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE) a partir del 1° de enero de 2017 y se reconoció a las autoridades del citado registro.

Que de conformidad a lo previsto por el artículo 8° de la Ley N° 25.191, corresponde a esta Cartera de Estado designar un Síndico Titular y un Suplente, quienes tendrán las funciones de fiscalización y vigilancia sobre todas las operaciones contables, financieras y patrimoniales del RENATRE y los derechos y obligaciones enunciados en su Decreto Reglamentario N° 453/01.

Que la Dra. Sara Alicia GATTI (M.I. N° 21.788.536) y el Cdor. Diego CIMOLI (M.I. N°29.368.707), cumplen los requisitos de idoneidad para ser designados en los cargos de Síndico Titular y Síndico Suplente, respectivamente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 8° de la Ley N° 25.191 y 14 del Anexo al Decreto N° 453 del 24 de abril de 2001.

Por ello,

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