Resolución 1547/2014

Fecha de la disposición 8 de Septiembre de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 1547/2014Bs. As., 8/9/2014

VISTO el Expediente Nº 1.553.499/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 86/87 del Expediente Nº 1.553.499/13 obra el Acuerdo suscripto, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 512/07, entre la FEDERACION OBRERA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (F.O.N.I.V.A.), el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (S.O.I.V.A.), por el sector sindical y la CAMARA INDUSTRIAL DE PELETERIA, y la FEDERACION ARGENTINA DE COMERCIALIZACION E INDUSTRIALIZACION DE LA FAUNA, por el sector empleador, de conformidad con lo establecido por la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el referido instrumento las partes pactan nuevas condiciones económicas para los obreros peleteros, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo ut-supra individualizado, con vigencia a partir del 1° de junio de 2014, y conforme los detalles allí impuestos.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la aptitud representativa de las entidades empresarias signatarias y de las organizaciones sindicales firmantes, emergente de sus respectivas personerías gremiales.

Que las partes celebrantes han ratificado el contenido y firmas insertas en el Acuerdo traído a estudio, acreditando su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR