Resolución 1420. Inscripción gremial.

Fecha de disposición21 Diciembre 2015
Fecha de publicación21 Diciembre 2015
SecciónAsociaciones Sindicales

Resolución 1420/2015

Inscripción gremial.

Bs. As., 20/11/2015

VISTO el expediente N° 1.655.214/14 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551 y sus modificatorias por Leyes N° 25.674 y N° 26.390; Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES AGRICOLAS CEREALEROS Y FRUTIHORTICOLAS (SUTACF), con domicilio en Avenida Corrientes N° 1179, 1° Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicita la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial.

Que la mencionada entidad obtuvo Inscripción Gremial otorgada por Resolución N° 541 de fecha 26 de mayo de 2014 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se halla registrada bajo el N° 2958.

Que por la mencionada Resolución N° 541/14 se aprobó el Estatuto Social de la peticionante, en cuyo texto se encuentra reconocido en forma estatutaria como zona de actuación a todo el territorio de la Nación.

Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 21 inciso "b" de la Ley N° 23.551 y el artículo 19 del Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

Que consecuentemente corresponde aprobar la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial acreditado por la peticionante.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7°, de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N° 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO

DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°

Reconócese al SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES AGRICOLAS CEREALEROS Y FRUTIHORTICOLAS (SUTACF) la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial para agrupar a los trabajadores que presten servicios bajo relación de dependencia con establecimientos agrícolas, cerealeros y frutihorticolas, con zona de actuación...

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