Resolución 1231.
Fecha de disposición | 10 Diciembre 2015 |
Fecha de publicación | 10 Diciembre 2015 |
Sección | Avisos Oficiales |
MINISTERIO DE INDUSTRIA
SECRETARÍA DE INDUSTRIA
Resolución 1231/2015
Bs. As., 02/12/2015
VISTO el Expediente N° 021159/2005 del Registro del GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR y las Resoluciones Nros. 468 de fecha 24 de
noviembre de 2006 y 307 de fecha 7 de octubre de 2008 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
PRODUCCIÓN, 239 de fecha 29 de junio de 2010 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO
Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, 72 de
fecha 4 de abril de 2011 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE
INDUSTRIA y 9 de fecha 14 de mayo de 2012, 307 de fecha 5 de noviembre de 2013 y 579 de fecha 12
de diciembre de 2014 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 19.640 estableció un régimen especial fiscal y aduanero para el ex TERRITORIO
NACIONAL DE LA TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, cumpliendo así
el objetivo geopolítico de reafirmar la soberanía nacional, creando a su vez un adecuado marco para el
desarrollo de una actividad económica estable, y favorecer el crecimiento homogéneo de la población en
un territorio extremadamente austral.
Cambiario se dictó el Decreto N° 490 de fecha 5 de marzo de 2003 por medio del cual se facultó a las
empresas industriales, radicadas con proyectos en marcha o a radicarse en el territorio de la Provincia de
TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR que hubieran o no sustituido
productos en el marco del Decreto N° 479 de fecha 4 de abril de 1995, a fabricar productos nuevos.
Que la Resolución N° 468 de fecha 24 de noviembre de 2006 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
PRODUCCIÓN declaró a la firma IATEC S.A. (INDUSTRIA AUSTRAL DE TECNOLOGÍA S.A.)
comprendida en el Régimen del Decreto N° 490/03 para la fabricación de televisores color en distintos
modelos y tamaño de pantalla, de tubo catódico convencional, plasma, LCD u otro sistema producto de la
innovación tecnológica; grabadores y/o reproductores de video para distintos soportes; sistemas de audio
entendiéndose por estos últimos a los aparatos receptores de radio con amplificador incorporado,
incluidas autorradios con reproductor, equipos de música Hi Fi principalmente de minicomponentes,
grabadores/reproductores de audio para distintos soportes, parlantes y cajas acústicas, todo lo cual
habría de comercializarse por separado o en conjunto, inclusive bajo la presentación conocida como
home theatre; equipos de aire acondicionado familiar y comercial frío-calor y/o frío solo, en modelos
compactos, split o portátiles, de hasta SEIS MIL (6.000) frigorías; hornos a microondas de distintas
https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/L1p3VkVndDNFTTArdTVReEh2ZkU0dz09
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