Resolución 1200 - E.

Fecha de disposición26 Agosto 2016
Fecha de publicación26 Agosto 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 1200 - E/2016

Buenos Aires, 22/08/2016

VISTO el Expediente Nº 1-2002-13253/16-3 del registro del MINISTERIO DE SALUD, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); la Decisión Administrativa N° 498 de fecha 19 de mayo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 498 de fecha 19 de mayo de 2016 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD.

Que por el artículo 3° de la citada norma, se facultó al Ministro de Salud, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior a la aprobada por la Decisión Administrativa N° 498/16, la que deberá prever un máximo de VEINTE (20) Direcciones y DOS (2) Coordinaciones del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, las que a través de dicho acto serán incorporadas, ratificadas, homologadas, reasignadas o derogadas, según corresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel III (Dirección) y IV (Coordinación).

Que en función de lo expuesto, se propicia la aprobación en una primera etapa, de la estructura organizativa de nivel inferior a la aprobada por la Decisión Administrativa N° 498/16 para esta Jurisdicción Ministerial, hasta el nivel de Dirección quedando pendiente para una etapa posterior la aprobación de Coordinaciones y Departamentos.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por la presente.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de esta Jurisdicción Ministerial han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 17° del Decreto N° 1545 de fecha 31 de agosto de 1994 y 3° de la Decisión Administrativa N° 498 de fecha 19 de mayo de 2016.

Por ello,

EL MINISTRO

DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º

Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, de acuerdo con el organigrama y acciones que como ANEXOS GDE IF-2016-00811840-APN-DD#MS, GDE IF-2016-00811898-APN-DD#MS, GDE IF-2016-00811979-APN-DD#MS, GDE IF-2016-00812069-APN-DD#MS, y GDE IF-2016-00812210-APN-DD#MS, respectivamente, forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°

Incorpóranse, ratifícanse, homológanse, reasígnanse, y deróganse del Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a este Ministerio, según el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS GDE IF-2016-00812291-APN-DD#MS al presente artículo, que forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°

Hasta tanto resulten aprobadas las Unidades Organizativas de nivel Departamento mantendrán su vigencia los existentes a la fecha, al igual que los Suplementos por Jefatura aprobados y asignados oportunamente para tales unidades.

ARTÍCULO 4º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD.

ARTÍCULO 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- JORGE DANIEL LEMUS, Ministro, Ministerio de Salud.

ANEXO Ia

ANEXO Ib

ANEXO Ic

ANEXO Id

ANEXO II

MINISTERIO DE SALUD

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

ACCIONES:

  1. Atender la programación de las tareas relacionadas con los llamados a licitación para la formalización de compras, ventas o locaciones y fiscalizar el cumplimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.

  2. Intervenir, en coordinación con las áreas técnicas pertinentes, en los procesos vinculados a la contratación de obras de infraestructura y de mantenimiento de los edificios de la Jurisdicción.

  3. Entender en la elaboración del plan anual de adquisiciones para la Jurisdicción.

  4. Disponer la elaboración de los pliegos de bases y condiciones a efectos de concretar llamados a licitación pública, privada y/o contratación directa para la adquisición de bienes, contratación de servicios o locaciones de obras.

  5. Coordinar la instrumentación de los llamados a licitación.

  6. Supervisar la fiscalización del cumplimiento de las cláusulas contractuales establecidas en los pliegos de licitación y solicitar la aplicación de sanciones cuando corresponda.

  7. Brindar apoyo a las Comisiones de Evaluación de Ofertas y Recepción de Bienes y Servicios.

    SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

    DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN

    DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

    ACCIONES:

  8. Asesorar y asistir técnicamente a la Dirección General en la administración de las políticas de Recursos Humanos y en la aplicación de las normas que regulan la administración del personal y la relación de empleo público del mismo.

  9. Disponer la elaboración de los proyectos y demás actos administrativos vinculados con la situación de revista del personal.

  10. Administrar, conforme con las normas y el régimen salarial vigente, la información inherente a liquidación de sueldos, adicionales, suplementos, bonificaciones e incentivos y generar información relativa a gastos de personal para la elaboración del presupuesto anual.

  11. Coordinar el diligenciamiento de las actuaciones vinculadas con la aplicación del régimen previsional y de seguros de vida y las vinculadas con la solicitud de otorgamiento de créditos por parte del personal, con descuento por planilla de haberes, asesorando al mismo en dicha materia.

  12. Atender la confección, actualización y custodia del legajo único del personal y las bases de datos correspondientes, como así también, otros antecedentes y documentación administrativa de los agentes.

  13. Intervenir en la aplicación del Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias y en el control de asistencia del personal.

  14. Extender las certificaciones y constancias laborales solicitadas por el personal de la Jurisdicción.

  15. Aplicar técnicas de diseño y producción de indicadores de gestión de personal.

  16. Producir los indicadores de gestión gerencial en materia de recursos humanos.

  17. Asistir a su superior en la gestión de las relaciones laborales con las entidades gremiales.

  18. Coordinar la recepción, derivación y despacho de toda la documentación que ingrese a la Dirección General o egrese de la misma.

    SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

    DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN

    DIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN Y DESARROLLO DE CARRERA

    ACCIONES:

  19. Planificar y desarrollar los programas y procedimientos de selección, inducción, capacitación evaluación y desarrollo de carrera del personal.

  20. Asistir y participar en la formulación y propuestas de políticas específicas, planes y cursos de acción.

  21. Proponer, elaborar e instrumentar planes de capacitación y desarrollo profesional.

  22. Implementar las pautas para el análisis de puestos y definición de perfiles y efectuar propuestas en base a ello.

  23. Administrar los procesos de evaluación de desempeño.

  24. Intervenir en los procesos de planeamiento y desarrollo de carrera y efectuar el seguimiento de la carrera del personal y proponer estrategias de desarrollo.

  25. ...

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