Resolución 1143.

Fecha de disposición24 Febrero 2016
Fecha de publicación24 Febrero 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 1143/2015

Bs. As., 03/12/2015

VISTO los Expedientes Nros. 1002.00.0/12, 1002.01.0/12, 1002.02.0/12, y 1002.03.0/12 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que a través del dictado de la Resolución N° 1661-AFSCA/11, prorrogada por su similar N° 1849-AFSCA/11 se convocó a concurso público cerrado, para la adjudicación de licencias correspondiente al servicio de FM, en la ciudad de FORMOSA, provincia homónima, al que podrían presentarse las estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que se encontraban inscriptas en el Registro Decreto N° 1357/89 --con constancia de solicitud de reinscripción en los términos de la Resolución N° 341-COMFER/93-- y reconocidas a través de la Resolución N° 753-COMFER/06, respecto de las cuales se hubiere dado cumplimiento a la Resolución N° 2-AFSCA/09 y se encuentren vigentes, cuyos titulares o cesionarios no se hubieren adscripto al Régimen de Normalización de Estaciones de Frecuencia Modulada, en el marco de la convocatoria dispuesta por la Resolución N° 76-COMFER/99, sus prórrogas y modificatorias.

Que dicho concurso fue convocado al amparo de lo dispuesto por el artículo 159 del Decreto N° 1225/10, en el sentido que "A los efectos de la culminación del Régimen de Normalización de Estaciones de Frecuencia Modulada, respecto de las localidades en las que hubieren permisos precarios y provisorios y emisoras reconocidas vigentes (cfr. Resolución ex COMFER N° 1366/06), la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL --AFSCA-- convocará a un concurso público cerrado...".

Que la apertura del citado concurso para la adjudicación de licencias en la ciudad de FORMOSA, provincia homónima, tuvo lugar el día 15 de febrero de 2012, con presencia de profesional notarial delegado por la ESCRIBANÍA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN, al que ocurrieron como oferentes la IGLESIA PENTECOSTAL TIERRA PROMETIDA, la ASOCIACION CIVIL NOSOTROS y la ASOCIACION CIVIL "NUEVO SOL", quedando sus respectivas ofertas documentadas como Expedientes Nros. 1002.01.0/12, 1002.02.0/12 y 1002.03.0/12.

Que dicho concurso público se rige por el pliego de bases y condiciones aprobado por el artículo 5° de la Resolución N° 1655-AFSCA/11 (Anexo V).

Que de la compulsa de la totalidad de las ofertas presentadas se verifica que todas ellas han incumplido por lo menos uno de los aspectos considerados de...

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