Resolución 240/2010

Fecha de disposición08 Febrero 2010
Fecha de publicación08 Febrero 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31838

Programa Gas Plus. Apruébase un proyecto presentado en el marco de lo establecido en la Resolución Nº 24/08.

Bs. As., 1/2/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0408586/2008, del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y lo dispuesto en las Resoluciones Nros. 24 de fecha 6 de marzo de 2008 y 1031 de fecha 9 de septiembre de 2008 ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA, del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 24 de fecha 6 de marzo de 2008 de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, creó el denominado Programa Gas Plus, mediante el cual se generó un esquema de incentivos a la incorporación de nueva producción de gas natural.

Que la Resolución Nº 1031 de fecha 9 de septiembre de 2008 de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS incorporó una serie de modificaciones y complementos a lo fijado en la Resolución Nº 24/2008 de la SECRETARIA DE ENERGIA.

Que en base a lo dispuesto en la Resolución Nº 24/2008 de la SECRETARIA DE ENERGIA, la empresa ROCH SOCIEDAD ANONIMA ha presentado una solicitud de aprobación de un proyecto de exploración de gas natural, para que el mismo sea llevado adelante bajo las reglas del Programa Gas Plus.

Que con fecha 31 de octubre de 2008 la DIRECCION NACIONAL DE EXPLORACION,

PRODUCCION Y TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES, se expidió en relación con la solicitud ingresada en el presente trámite, concluyendo que el Proyecto 'Gas Somero Concesión de Explotación Sur Río Deseado Este, Cuenca Golfo San Jorge, corresponderá ser categorizado como Gas Plus' Que con fecha 25 de junio de 2009 la DIRECCION NACIONAL DE ECONOMIA DE LOS HIDROCARBUROS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES de la SECRETARIA DE ENERGIA se expidió en relación a la solicitud de ROCH SOCIEDAD ANONIMA, en su carácter de Operador de la Concesión de Explotación Sur Río Deseado Este.

Que la mencionada Dirección Nacional indica, que sin perjuicio de eventuales controles futuros, no tiene objeciones que formular a la fecha, en relación a los compromisos asumidos en el marco del ACUERDO CON LOS PRODUCTORES DE GAS NATURAL 2007-2011 homologado por Resolución Nº 599/2007 de la SECRETARIA DE ENERGIA Que en adición a ello señala que, por otra parte no resulta posible aún evaluar el cumplimiento del parámetro establecido en el segundo párrafo del punto 4 del Anexo I de la Resolución Nº 24/2008 de la SECRETARIA DE ENERGIA, en atención a que no se ha presentado una exposición de los costos asociados a la explotación proyectada, ni una carta de intención destinada a fijar el precio para su comercialización.

Que ello tiene relación con el nivel de avance que tiene la evaluación del proyecto, ya que en esta etapa no es posible efectuar estos cálculos con una aproximación razonable.

Que por todo ello corresponde dejar la pertinente evaluación en torno al cumplimiento, o no, de tales parámetros para otra oportunidad, previa al inicio de la comercialización, una vez que se posean los elementos necesarios a tal efecto.

Que en idéntico momento deberá verificarse, nuevamente, el cumplimiento del ACUERDO CON LOS PRODUCTORES DE GAS NATURAL 2007 2011 por parte del solicitante.

Que sin perjuicio de ello, la empresa peticionante deberá instrumentar, para la producción que surja de este proyecto, una contabilidad por separado, a efectos de habilitar el permanente contralor del cumplimiento del parámetro establecido en el segundo párrafo del punto 4 del Anexo I de la Resolución Nº 24/2008 de la SECRETARIA DE ENERGIA.

Que siendo estas verificaciones una cuestión de orden instrumental, dado que se encuentra ya acreditado el cumplimiento de las restantes condiciones de aprobación, corresponde el dictado de la presente resolución, cuya operatividad quedará supeditada al cumplimiento de las condiciones aún remanentes.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en función de lo dispuesto en los Artículos y de la Ley Nº 17.319 y de conformidad a lo establecido en las Resoluciones Nros. 24/2008 y 1031/2008 ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébase, en el marco de lo establecido por la Resolución Nº 24 de fecha 6 de marzo de 2008 de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el proyecto ingresado por la empresa ROCH SOCIEDAD ANONIMA en el presente trámite, correspondiente al 'Proyecto Gas Somero en Sur de Río Deseado Este' a desarrollar en la Concesión de Explotación Sur Río Deseado Este, Cuenca Golfo San Jorge, ubicada en la Provincia de SANTA CRUZ.

En virtud de dicha aprobación, la producción de gas natural que se obtenga del mismo se regirá por las reglas del Programa Gas Plus.

Art. 2º

La aprobación del proyecto otorgada en el artículo precedente queda supeditada a la previa comprobación del cumplimiento del parámetro establecido en el segundo párrafo del punto 4 del Anexo I de la Resolución Nº 24/2008 de la SECRETARIA DE ENERGIA.

Con tal objeto, ROCH SOCIEDAD ANONIMA, titular de la Concesión de Explotación, deberá presentarse ante esta Secretaría, en forma previa al inicio de la comercialización de gas natural, un detalle de los costos involucrados en el desarrollo del proyecto, junto con las cartas de intención que haya acordado con quienes se vayan a proveer de este gas natural, de donde deberá surgir el precio que se ha proyectado para el mismo.

En forma simultánea a dicha evaluación se procederá a comprobar, nuevamente, que ROCH SOCIEDAD ANONIMA se encuentre cumpliendo con los compromisos que asumiera en el marco del ACUERDO CON LOS PRODUCTORES DE GAS NATURAL 2007- 2011. Ello sin perjuicio de su obligación de mantener en todo momento la calidad de cumplidora, a efectos de conservar la caracterización de Gas Plus para los volúmenes de gas natural producidos en el proyecto que se ha considerado en el dictado de la presente resolución.

Art. 3º

ROCH SOCIEDAD ANONIMA deberá exponer, ante esta Secretaría, el esquema de medición y producción independiente con el que se manejará el reservorio en cuestión, el cual deberá ser de la entera satisfacción...

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