Resolución I/1033/2010

Fecha de disposición27 Enero 2010
Fecha de publicación27 Enero 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31825

CONSIDERANDO:

Que durante el presente año se ha efectuado un recambio de equipos de computación con el objeto de mantener la calidad y el nivel del equipamiento existente, a fin de dotar al ENARGAS de las herramientas adecuadas para satisfacer las necesidades que demandan las tareas del personal del Organismo.

Que dicho recambio, ha generado un stock inutilizado de computadoras y otros bienes, que si bien, en algunos casos, funcionan correctamente, tienen un insignificante valor económico de reventa, hecho marcado por la acelerada obsolescencia que el mercado le asigna a los bienes de naturaleza informática. Asimismo, dichos bienes se encuentran totalmente amortizados contablemente.

Que resulta necesario asignarle un destino a dichos bienes, y en consecuencia, es oportuno y apropiado cederlos a título gratuito a fin de colaborar con distintos establecimientos educativos que cuentan con educandos de bajos recursos económicos y con Educ.ar SE, que a través del Ministerio de Educación lleva a cabo el programa 'Reciclado para el aula', donde se reciben equipos informáticos y se adaptan para el uso educativo.

Que mediante distintas Actuaciones que constan en el Expediente mencionado, la Municipalidad de la Ciudad de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba (Act. 6160/06); la Escuela Comodoro Roberto Moisés Echegoyen (Act. 23667/08 y Act. 4583/09); Educ.ar SE a través del Ministerio de Educación,

Dirección General de Administración y Gestión Financiera (Nota DGAyGF Nº 257/09); la Escuela Nº 849 3º 'C' jornada simple de la localidad de Aerolito, Dpto. Moreno, Santiago del Estero (Act.

5739/09); el Jardín de Infantes La Hormiguita Viajera de la ciudad de Tristán Suárez (Act. 6793/09); el Patronato Católico Equipo Diocesano de Pastoral Misionera Padre Miguel Grimaux (Act. 9724/09); la Escuela de Educación Especial y de Formación Laboral Nº 3 D.E. 17º María Dolores Navalles Mir de Tobar García (Act. 12178/09); la Iglesia Evangélica Ministerio Profético de la Fe (Act. 21277/09); han manifestado que se considere una donación de equipos informáticos.

Que la Gerencia de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le compete.

Que por otra parte, esta Autoridad Regulatoria goza de autarquía y posee plena capacidad jurídica de acuerdo al Art. 51 de la Ley Nº 24.076, encontrándose así facultada para donar dichos bienes.

Que el Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado de la presente Resolución en conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 2º del Decreto P.E.N. Nº 571/07, 1646/07, 953/08, 2038/08, 616/09 y 1874/09.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Entregar a título gratuito los bienes que, de acuerdo al Anexo, se detallan.

ARTICULO 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Ing. ANTONIO LUIS PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Nº 31.830 17

Que por todo lo anterior y con el objeto de apoyar la finalización exitosa de las revisiones, resulta conveniente acompañar a la autoridades educacionales en esta última etapa a los efectos de lograr el objetivo buscado de que todos los establecimientos se encuentren en condiciones seguras.

Que para no resignar la seguridad antes y durante las tareas de regularización debe mantenerse la aplicación del procedimiento de control oportunamente aprobado por la Distribuidora, ordenado por el Artículo 2º de la Resolución ENARGAS Nº I/599.

Que el Equipo Técnico ha realizado el análisis correspondiente en el Informe GD Nº 03/2010 que antecede a la presente.

Que el Servicio Jurídico...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR