Resolución 45/2009

Fecha de la disposición12 de Noviembre de 2009

Que el citado Reglamento ingresa al CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO a través de la Resolución Nº 587 de fecha 1 de setiembre de 1997 del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, a partir del día 1 de setiembre de 1997.

Que el cumplimiento de una norma básica como BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA o con PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS ESTANDARIZADOS DE SANEAMIENTO (POES), por parte de los establecimientos elaboradores, y fraccionadores de productos de origen vitivinícola, conllevaría a una sustancial mejora en la calidad y asimismo, contribuiría a garantizar mejores condiciones de inocuidad alimentaria en este tipo de productos.

Que la totalidad de los establecimientos involucrados en la industria vitivinícola deben cumplir con las mencionadas normas atento que los productos obtenidos en la misma son utilizados en su totalidad para consumo humano y por lo tanto deben ser inocuos, sanos y saludables.

Que la función específica del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA es el control de la genuinidad y aptitud para el consumo de los distintos productos vitivinícolas.

Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y el Decreto Nº 1306/08,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA RESUELVE:

  1. -- A partir de la entrada en vigencia de la presente, el personal de fiscalización procederá a constatar las condiciones que presenten los establecimientos inscriptos, que estén relacionadas con las exigidas por los protocolos de PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS ESTANDARIZADOS DE SANEAMIENTO Y BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA.

  2. -- Si del cumplimiento de la labor especificada en el Punto 1º se constataran incumplimientos respecto de algunas de las condiciones establecidas en la nómina que se adjunta como Anexo, se dejará constancia de la situación en el Legajo de la empresa, la que contará con un plazo que será establecido por la Jefatura de Delegación acorde a la naturaleza del incumplimiento.

  3. -- Las infracciones al presente régimen serán sancionadas conforme lo establece el Artículo 24, incisos a) o i) de la Ley Nº 14.878.

  4. -- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. -- Guillermo D. García.

ANEXO A LA RESOLUCION Nº C. 34/09

DATOS DE LA EMPRESA:

Bodega:

Dirección:

Localidad:

Provincia:

Tel.

Fax Email Entrevistados Fecha:

  1. Requisitos Generales del Establecimiento Requisitos Conf. No C. Observaciones Instalaciones: Ambientes y Arcas externas Las áreas externas, ¿son de superficies duras y/o pavimentadas? Los edificios ¿son de construcción sólida y sanitariamente adecuados? El diseño, ¿impide la entrada de plagas o contaminantes del medio? ¿Están en condiciones las puertas, ventanas y claraboyas? ¿Hay un área especial para el almacenamiento de basura? ¿Los insumos en el exterior se encuentran ordenados y protegidos? Instalaciones: Ambientes y Areas Internas Los pisos, ¿están en buenas condiciones? Los pisos, ¿presentan declives hacia rejillas o canaletas? Las canaletas, ¿se encuentran sin taponamientos? Las paredes, ¿están en buenas condiciones? Las ventanas y otras aberturas: ¿evitan la acumulación de suciedad? ¿Están provistas de protección contra plagas? Estructuras y accesorios elevados, ¿pueden ser causa de contaminación? Insumos, materias primas y productos, ¿están ubicados sobre tarimas? Las tarimas, ¿están separadas de las paredes? ¿Hay materiales, insumos o equipos en desuso en áreas de operación? ¿Se dispone de un sistema eficaz de evacuación de efluentes? Los lavamanos y vestuarios ¿están separados de las zonas de elaboración? Los vestuarios, sanitarios y cuartos de aseo: ¿Están bien iluminados y ventilados? ¿Tienen lavamanos provistos de agua caliente y fría y agentes autorizados de limpieza? Hay medios higiénicos convenientes para secarse las manos.

¿Hay avisos indicando el deber de lavarse las manos? ¿Hay instalaciones adecuadas para lavarse y secarse las manos en las zonas de elaboración? ¿Hay elementos adecuados para secarse las manos? ¿Hay luz natural y/o artificial adecuada para realizar las tareas? Las fuentes de luz de la zona de elaboración, ¿Están protegidas? ¿Se cuenta con ventilación adecuada para evitar el calor excesivo? Los productos devueltos, ¿se ubican en sectores separados e identificados? Equipos y utensilios Los materiales de equipos ¿pueden contaminar el producto? Los equipos, ¿permiten fácil y completa limpieza y desinfección? 2. Requisitos de Higiene del Establecimiento Requisitos Conf. No C. Observaciones Conservación Las instalaciones ¿están en buen estado de conservación y funcionamiento? Las salas, ¿están exentas de polvo, humo y agua? Limpieza y desinfección ¿Las zonas de elaboración se limpian con la frecuencia necesaria? En salas de elaboración ¿Se dispone de recipientes para residuos? ¿Se dispone de un plan de higiene y POES? ¿Todo el edificio se mantiene en buenas condiciones de higiene? Manipulación, almacenamiento y eliminación de residuos ¿Se retiran de la zona de elaboración por lo menos...

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