Resolución 523/2009

EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2009

DORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA' con copia del Informe Técnico de fojas 840/856 (que incluye el soporte informático de fojas 857), y hágasele saber que: a) se otorga vista del Expediente, por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el Artículo 84 del Reglamento de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto Nº 1759/1972 (T.O. en 1991), dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos, como así también, (ii) en forma subsidiaria o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el Artículo 94 del citado Reglamento y en el Artículo 76 de la Ley Nº 24.065, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos; y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal contemplado en el Artículo 81 de la Ley Nº 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales; y

  1. los Recursos que se interpongan contra esta Resolución no suspenderán su ejecución ni sus efectos (Artículo 12 de la Ley Nº 19.549), con sujeción a las siguientes precisiones: i) multas destinadas a los usuarios: no se dará trámite al Recurso de Alzada que pudiere interponerse si no se hacen previamente efectivas las sanciones dispuestas en esta Resolución; ii) multas destinadas a la Cuenta Recaudadora Fondos de Terceros: no se dará trámite a Recurso alguno si no se hacen previamente efectivas las sanciones dispuestas en esta Resolución, y iii) en cualquier caso, los pagos posteriores al momento en que deben satisfacerse, sin perjuicio de la actualización que pudiere corresponder, deberán efectuarse con más los intereses a la tasa activa para descuento de documentos comerciales a TREINTA (30) días del Banco de la Nación Argentina calculados para el lapso que va desde ese momento y hasta su efectivo pago. Todo lo dispuesto en esta Resolución es bajo apercibimiento de ejecución. Firmado: MARCELO BALDOMIR KIENER, Vocal Primero. -- ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, Vocal Segundo. -- MARIO H. de CASAS, Presidente.

  2. 11/11/2009 Nº 102677/09 v. 11/11/2009 ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD Resolución Nº 530/2009

    ACTA Nº 1071

    Expediente ENRE Nº 24.672/2007

    Bs. As., 28/10/2009

    El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la empresa de 'TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANONIMA' en la suma de PESOS CIEN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 100.239,95), correspondiente a los meses de julio a diciembre de 2007, por incumplimiento al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal contenido en el Anexo B de su Contrato de Concesión, cuyo detalle, duración y montos de penalización se efectúa en los ANEXOS I, II, III,

    IV, V y VI al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 69/162. 2.- Instruir a 'TRANSPA S.A.' para que de conformidad con lo dispuesto en el punto 5.1.3 de la Cláusula quinta del ACTA ACUERDO refrendada mediante Decreto PEN Nº 1779/2007, destine la cantidad de PESOS SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 76.800,67) cuyo total consta en el ANEXO XIV al Informe Técnico y Legal antes citado, a la ejecución de inversiones adicionales. 3.- Instruir a CAMMESA para que aplicando las sanciones por incumplimientos incurridos por sus Transportistas Independientes, al Régimen de Calidad de Servicio estipulado en el ANEXO II de los Contratos de Electroducto respectivos, cuyo total consta en el ANEXO XV al Informe Técnico y Legal antes citado, efectúe el descuento de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS VEINTE Y SIETE CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 18.727,64) sobre la liquidación de venta de 'TRANSPA S.A.'. 4.- Instruir a CAMMESA para que efectúe el descuento de PESOS TRES MIL QUINIENTOS NUEVE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 3509,69) correspondiente a las sanciones aplicadas por incumplimientos, en cuanto a sus obligaciones de la Supervisión a la Operación y Mantenimiento de sus Transportistas Independientes, en el semestre julio/diciembre de 2007, sobre la liquidación de venta de 'TRANSPA S.A.', cuyo total consta en el ANEXO XV al Informe Técnico y Legal antes mencionado. 5.- Determinar, en los términos de lo dispuesto en el Artículo 25 del ANEXO B del contrato de concesión de 'TRANSPA S.A.' y conforme a la metodología de cálculo y asignación de pago por los usuarios y demás especificaciones detalladas en el Anexo II de la Resolución ENRE Nº 190/2001, el incentivo mensual asociado al desempeño logrado por la Transportista durante los DOCE (12) meses anteriores a los meses de julio a diciembre de 2007, en la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTIUNO CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS ($ 266.121,53) de acuerdo al detalle que se efectúa en los ANEXOS VII, VIII, IX, X, XI y XII al Informe Técnico y Legal obrantes de fojas 69/162. 6.- Instruir a CAMMESA para que, a los efectos del pago del incentivo determinado en este acto, cuyo monto total consta en el ANEXO XVI del citado Informe Técnico y Legal, efectúe los correlativos débitos a los usuarios del sistema de transporte de acuerdo al procedimiento definido en el ANEXO II de la Resolución ENRE Nº 190/2001 para ser acreditados sobre la liquidación de venta de 'TRANSPA S.A.'. 7.- Notifíquese a 'TRANSPA S.A.' y a CAMMESA lo dispuesto en este acto, con copia de la presente Resolución y de los ANEXOS al Informe Técnico obrantes de fojas 69/162.

    Hágase saber a 'TRANSPA S.A.' que: a) se le otorga vista del Expediente por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles...

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