Programa Global de Valores Representativos de Deuda de Corto Plazo en Forma de Obligaciones Negociables Obligaciones Negociables Serie I

EmisorRogiro Aceros S.A.
Fecha de la disposición 6 de Diciembre de 2011

PROGRAMA GLOBAL DE VALORES

REPRESENTATIVOS DE DEUDA DE

CORTO PLAZO EN FORMA DE

OBLIGACIONES NEGOCIABLES

OBLIGACIONES NEGOCIABLES SERIE I

Conforme al artículo 10 de la ley 23.576 se hace saber que por asamblea del 03-10-2011 se ha aprobado un programa global de obligaciones negociables simples en los términos de la Ley Nro. 23.576 y las normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) conforme al régimen especial vigente para valores de deuda de corto plazo,-y por su directorio en reunión del 03-10-11, se aprobó la emisión de la primera serie de obligaciones negociables de corto plazo (“ON Serie I”), conforme a los siguientes datos: I. Condiciones del Programa: Emisor: Rogiro Aceros S.A.. Monto de las ON: El monto de capital total de todas las Series de ON en circulación no superará el monto revolvente de $ 30.000.000 (pesos treinta millones) o su equivalente en otra moneda. Una vez cubierto el monto máximo del Programa sólo se podrá emitir nuevas Series por el valor nominal de las ON que se cancelen en forma total o parcial. Plazo de las ON a emitir: Entre 30 (treinta) días y 1 (año) desde la Fecha de Integración (conforme dicho término se define en el prospecto). Tasa de Interés: Las tasas de interés y las fórmulas de tasa de interés aplicables a cualquier Serie de las ON se indicarán en las condiciones de emisión de cada Serie o Clase y en el Suplemento de Prospecto correspondiente. El interés se computará sobre la base de un ano de 360 días (12 meses de 30 días) salvo que se indique una base distinta en cada Serie o Clase. Las ON podrán ser a tasa fija o a tasa flotante. Para determinar la tasa flotante podrá tomarse como referencia cualquier parámetro objetivo disponible en el mercado local o internacional admitido por el BCRA. Las ON podrán ser emitidas con un descuento de colocación original y no devengar intereses. Amortización: Las ON se emitirán con una amortización mínima de 30 (treinta) días y máxima de 1 (un) año, según lo que se especifique en el Suplemento de Prospecto correspondiente. Pagos de Servicios: Los intereses y/o amortizaciones (“Servicios”) respecto de las ON serán pagaderos en las fechas que se estipulen en las condiciones de emisión de cada Serie o Clase y en el Suplemento de Prospecto correspondiente. Si la fecha fijada para el pago fuera un día inhábil, quedará pospuesta al siguiente Día Hábil, sin que se devenguen intereses sobre dicho pago por el o los días que se posponga el vencimiento. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que el Emisor -o el Fiduciario en su caso-ponga a disposición de los inversores, o del agente de pago de existir éste, o de la Caja de Valores S.A. en cuanto a las ON allí depositadas, los fondos correspondientes. Se entenderá por “Día Hábil” cualquier día lunes a viernes, salvo aquellos en los que los bancos están obligados a cerrar en la ciudad de Rosario provincia de Santa Fe. Intereses moratorios: Cuando existan importes adeudados que no hayan sido cancelados en su respectiva fecha de vencimiento, se devengarán sobre el importe adeudado intereses moratorios a una tasa equivalente a una vez y media la última tasa de interés fijada, o la tasa que se determine...

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