Remates Publicados en la Fecha 8 de Junio de 2010

IGNACIO JOSÉ CIFUENTESPOR 10 DÍAS - El Juzg. Civ. y Com. Nº 12 de S. Isidro Secr. Única comunica en autos "Sucesión de Ángel Roberto Iraldi s/Quiebra s/Incidente de realización de bienes – Expte. Nº 69.099 – Inmueble: José Figueroa Alcorta Nº 2340 Boulogne – partido de San Isidro" que el Martillero Ignacio José Cifuentes rematará EL DÍA 16 DE JUNIO DE 2010 A LAS 9.30 HS. en Alte. Brown 160 de S. Isidro el 100% del inmueble de la calle José Figueroa Alcorta Nº 2340, Boulogne, Partido de San Isidro. Nom. Cat.: Circ: VI; Secc: A; Manz: 105; Parc: 5; Dominio Fº 2322; Base $ 600.000. Contado en dinero en efectivo y mejor postor. Seña 20% la que podrá ser pagada en efectivo o mediante cheque certificado; Sellado de ley; Comisión 2% a cargo exclusivo del comprador. s/Mandamiento: Planta Alta ocupado por Carmen Estela Cerrandiere quien manifestó que también ocupa dicho inmueble su esposo Justino Díaz, su hija Lorena Díaz y una nieta menor de edad. La finca ubicada al fondo del predio es ocupada por Estela Campos junto con su marido Mario Ledesma y tres hijos menores de edad y la Planta Baja al frente ocupada por María Inés Lissandrello junto con su esposo Juan Francisco Orellano y seis hijos menores de edad. Manifestaron todos ellos que no tienen título de ocupación. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobado el remate sin necesidad de notificación o intimación, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 585 del CPCC. En el supuesto de compra en comisión el comprador deberá indicar el nombre de su comitente en el momento mismo de la realización del remate, debiendo ser ratificado en escrito firmado por ambos dentro del plazo de cinco días de aprobado el remate, bajo apercibimiento de tenérselo por adjudicatario definitivo (Art. 581, 582 del Cód. Procesal, Ley 11.909). Podrán efectuarse ofertas en sobre cerrado, debiendo constar en ellas: el nombre, domicilio real y constituido, profesión, edad, estado civil y patrimonial del oferente. Deben además expresar el precio ofrecido y si se trata de sociedades, debe acompañarse copia autenticada de su contrato que acredite la personería del firmante. Estas ofertas deben ser presentadas directamente al Juzgado hasta dos días antes de la fecha del remate, debiendo los interesados concurrir personalmente o mediante representante al acto de la subasta a efectos de ratificar su oferta y efectuar el depósito de seña en caso de resultar favorecido. Impuestos, tasas, contribuciones a cargo del comprador, a partir de la posesión. El adquirente en la subasta deberá pagar además del precio, las deudas por expensas comunes en la medida que el precio de la cosa no alcance para ellos (Art. 17 Ley 13.512, conf. SCJBA Ac. 65168 del 13/7/1999, DJBA to. 157, pág. 4771). Lo adeudado con anterioridad a la declaración de quiebra en concepto de impuestos, tasas y contribuciones se rige para los organismos acreedores, por lo dispuesto en el Art. 200 de la Ley 24.522 y los posteriores a ella por el Art. 240 de la Ley 24.522 (Art. 274 de la Ley 24.522). El comprador constituirá domicilio dentro del radio del Juzgado. Visitar 8, 9, 10, 11 y 14 de junio de 2010 de 14 a 17 hs. San Isidro, 13 de mayo de 2010. Sebastián Elguera, Auxiliar Letrado.C.C. 6.466 / may. 27 v. jun. 9ALDO TRUSSOPOR 5 DÍAS - El Juzg. de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 del Depto. Judicial de La Matanza, a cargo del Dr. Norberto Luis Valentini, Secretaría Única a cargo del Dr. Facundo Hernán Azcurraín, sito en Entre Ríos N° 2929 1º piso de San Justo, en autos: "Responsabilidad Patronal A.R.T.S.A. s/ incidente de venta de los inmuebles calle Moreno Nº 794 Cdad. B.A." expte. 11.189 hace saber que el martillero público Aldo Trusso C.U.I.T. 20-5600455-7, EL 28 DE JUNIO DE 2010 A LAS 9 HS., en Dr. Eizaguirre N° 1943 de San Justo (Col. Martilleros), subastará al contado y mejor postor desocupadas las unidades funcionales que forman parte del edificio en propiedad horizontal Ley 13.512, sito en zona sud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Circ: 13 calle Moreno 794 y 800, esq. A la calle Piedras Nº 306 y 314 conforme se detalla: U.F. N° 9 Sup: 140,73 m2, Porcentual: 5,53 % con U.C. Nº IX sup.: 8,15 m2, Porcentual: 0,32% Matrícula: 13/551/9 en 5° piso Adeuda: Expensas: $ 87.918,43 al 10/04/10, Aysa: U.F. 9: $ 5.997,26. 28/04/10, U.C. IX: $ 262,87. 28/04/10; A.B.L.: Partida 1286711 $ 17.948,90. al 27/04/10 Partida 1286728 $ 278,91 al 27/04/10, U.F. 10, Sup.: 82,11 m2. Porc: 3,23%, con U.C. X: sup. 5,75 m2, Porcentual: 0,23%. Matrícula: 13/551/10 en 5° piso, Adeuda: Expensas: $ 53.087,81 al 10/04/10, Aysa: U.F. 10: $ 3.186,86. U.C. X: $ 255,03 al 28/04/10, ABL: partida 1286712: $ 6.202,30, partida 1286729 $ 221,99 al 27/04/10 en block. Base U$S: 223.000. Seña: 30%. Comisión: 5% + 10 % aportes Ley 7.014, sellados 0,8 % en efectivo o cheque certificado. Ofertas bajo sobre hasta 2 días antes de la subasta. Ante la falta de postores pasados 30' del comienzo se realizará nueva subasta con la base de U$S 167.250, transcurridos 60' desde el comienzo del acto, si fracasa por falta de postores, nueva subasta con la base de U$S 95.000, de no existir ofertas bajo sobre en autos (Art. 205 inc. 5to L.C.Q.), superadora de la mencionada. No se admitirá en el acto de subasta la compra en comisión, no será considerado en autos la eventual cesión de los derechos del boleto de compraventa. No se admitirán reclamos sobre el estado físico y/o jurídico de los inmuebles. Los gastos que por cualquier tipo irrogue la toma de posesión y transferencia de dominio, como así también el retiro de objetos extraños que pudieran haber en el inmueble correrán por cuenta y riesgo del adquirente, sin asumir la quiebra responsabilidad alguna. Entrega del inmueble al adquirente a más tardar dentro del 10° día de aprobada la subasta, por mandamiento a diligenciarse por intermedio de la sindicatura como oficial de justicia ad-hoc. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del 5° día de realizada la subasta sin necesidad de otra notificación, ni intimación alguna, debiendo el comprador integrarlo aun cuando se hubiere planteado cualquier objeción que impida la aprobación de la subasta, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 585 C.P.C.C. Las entidades que sean acreedoras por deudas provenientes de tasas, impuestos y contribuciones deberán solicitar la verificación de crédito por aquéllas anteriores a la fecha del decreto de liquidación y requerir el pago de las correspondientes entre esa fecha y la posesión como gasto de conservación con el producido de la subasta quedando a cargo del adquirente las devengadas a partir de la posesión. Respecto a las deudas por expensas comunes de no ser posible el pago en todo o en parte por falta de fondos, el comprador asumirá el pago de las mismas como obligaciones "proter-rem" (Arts. 2416 y 3266 C. Civil). Habiéndose ordenado publicar debidamente la subasta para informar sobre todos los datos identificatorios de los bienes, no se admitirán reclamos sobre su estado físico y/o jurídico. Responsabilidad Patronal Aseguradora de Riesgo de Trabajo S.A. C.U.I.L. 33-6880434-9. Visitas: 23, 24, 25 y 26, de junio de 14 a 18 hs. San Justo, 17 de mayo de 2010. Facundo H. Azcurraín, Secretario.L.M. 97.136 / jun. 2 v. jun. 8HUGO ALBERTO LAMONEGAPOR 5 DÍAS – El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de La Plata dispongo la venta del inmueble matrícula 21.442 (055) Circ. 6, Sec. R, Mz. 33, Parc. 1, Partida 133.187-3 sito en calle 449 Nº 1610 City Bell localidad La Plata, por intermedio del martilleo, Hugo Alberto Lamonega, en autos caratulados “Luna Irene Mabel s/ Incidente de realización de bienes” al mejor postor mediante las respectivas presentaciones de ofertas válidas bajo sobre cerrado y posterior mejoramiento de las mismas, las que serán recepcionadas bajo recibo que será suscripto por la Actuaria o Auxiliares Letrados de este Juzgado. El bien se entrega en el estado de ocupación constatado en autos, conforme mandamiento que luce a fs. 101/103, ocupado por la fallida, el Sr. Maximiliano Ángel Luna y Elena Santa Cruz. Publíquense edictos en los términos y alcances del Art. 588 del C.P.C.C. y del Art. 208 L.C.. II) El importe a cotizar deberá superar como mínimo la suma que se fija como base, la que establezco a los fines de zanjar el valor de la tasación efectuada por el enajenador consentida por la sindicatura y observada por la fallida en la suma de $ 150.000, al contado, dejándose constancia que ante la falta de oferentes no se procederá a la reducción de la base en cuyo caso el Juzgado determinará la oportunidad y conveniencia de un nuevo acto. Dispónese que por cada oferta deberá constituirse una garantía del 30 % del valor de la misma por medio de depósito que efectuará el oferente en la cuenta de autos abierta en la Sucursal Tribunales del Banco de la Provincia de Buenos Aires.. III) Las ofertas bajo sobre deberán ser presentadas en la Mesa de Entradas del Juzgado hasta dos horas antes del acto de mejoramiento de ofertas. Las mismas se harán en sobre cerrado y deberán contener en su exterior: 1) carátula del juicio; 2) identificación del oferente; 3) ubicación del bien por el que se oferta. En su interior: A) Si se trata de una persona física deberá agregar un escrito suscripto por el oferente, sin necesidad de patrocinio letrado donde se indique: a) Nombre y apellidos completos, profesión, estado civil, edad; b) Número y tipo del documento de identidad; c) Su domicilio real; d) Deberá constituir domicilio legal dentro del radio asiento del Juzgado; e) Deberá adjuntar copia del D.N.I. y del CUIT o CUIL. B) Si la oferente fuere una persona jurídica: deberá agregar un escrito suscripto por su representante, sin necesidad de patrocinio letrado donde se indique: a) Nombre de la firma y tipo social; nombre y apellido completo de quien representa a la misma, su tipo y número de documento de identidad; b) Número de inscripción; c) Domicilio social; d) Deberá su...

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