Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 5 de Julio de 2016, expediente CAF 022149/2015/2/RH002

Fecha de Resolución 5 de Julio de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Causa Nº 22149/2015/2/RH2 incidente de recurso de queja en autos “Pericas, L.M. c/ s/ varios.

Buenos Aires, 5 de julio de 2016.

AUTOS y VISTOS:

El recurso de reposición in extremis interpuesto por L.M.P. contra la resolución de fs. 85; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que las resoluciones de las cámaras de apelaciones no son —

    por regla— susceptibles del recurso de reposición, tan sólo autorizado en esta instancia para las providencias simples (arg. art. 160, 238 y 273 C.P.C.C. y esta sala, causa 47.216/2011 “Husqvarna Argentina SA c/ EN – Mº Industria – Resol 61/09 121/09 (expte S01:417112/11) s/ medida cautelar (autónoma)”, del 5/7/12; entre muchas otras).

  2. ) Que, a tenor de los fundamentos expuestos en la resolución cuestionada, a cuyos términos corresponde remitirse para evitar repeticiones, no se verifican las circunstancias excepcionales que permitan apartarse del principio referido En mérito a todo lo...

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